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14/Nov/08 11:44
Resicion de trabajo por termino de contrato

Buenos dias

En la empresa donde laboro, se contrata personal por tiempo determinado, que en estos casos es por proyecto.

Se acaba de terminar un proyecto, y estan recortando personal, pero a estas personas se les avisa que dejaran de laboral el mismo dia que le dan el finiquito.

Existe un articulo en la ley federal del trabajo donde obligue a la empresa a avisar antes de hacer el recorte?
 
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MarcoPolo
Sargento Segundo

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14/Nov/08 11:55
Re: Resicion de trabajo por termino de contrato

Artículo 50 LFT.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán:

I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;

III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y en el de los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se paguen las indemnizaciones.

Pues como tal no encontre en la LFT como tal donde se obligue a al empresa a avisar con anticipación del recorte, lo recomendable sería emitir una carta explicándole las razones al trabajador acompañada de su respectiva indemnización....
 
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CP_PACO
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14/Nov/08 14:01
Re: Resicion de trabajo por termino de contrato

Marcopolo, no hay nada en la ley para asumir tal obligación, se da por entendido que si el trabajador es contratado por obra determinada, el ya sabe que cuando se termine esa obra se termina el trabajo, por lo tantop no es necesario que te avisen con anticipacion.
Podrias mencionar que tipo de proyectos se tratan y como esta redactado el contrato de trabajo???

Saludos
 
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juancarm
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16/Nov/08 16:37
Re: Resicion de trabajo por termino de contrato

Hola MarcoPolo:



En la empresa donde laboro, se contrata personal por tiempo determinado, que en estos casos es por proyecto.

Quizás se contrate conforme al Art. 37 LFT. Atiéndase cómo es que se señalan los tipos de contratos laborales, conforme a la LFT. Se especifican dentro de los numerales 35-41 de esta ley.

Se acaba de terminar un proyecto, y estan recortando personal, pero a estas personas se les avisa que dejaran de laboral el mismo dia que le dan el finiquito.

No es así. SI, se acaba el proyecto, se acaba el contrato y no hay necesidad de finiquitar el contrato, si no que habria de pagar a las remuneraciones pendientes de liquidarse que ya habrian sido devengadas y que aun no han sido liquidadas por parte del patrón.

Al acabarse el fin. para el cual daria la existencia del contrato, es como termina la relacion o vinculo laboral. En esa situacion como fue pactada una duracion finita, en ese momento termina la relacion laboral, pues ambas partes, ya saben de antemano que la relacion tendria una terminacion.

A diferencia del otro tipo de contrataciones, donde la duracion es incierta y la ley considera que seria INDETERMINADA, y por lo tanto habria una obligacion de por vida de ofrecer el trabajo.

Mas sin embargo, si se finiquita anticipadamente cualquier tipo de contrato (determinados o indeterminados), debe obedecerse a las reglamentaciones de las resiciones laborales especificadas en la LFT a partir de los numerales 46-52


Existe un articulo en la ley federal del trabajo donde obligue a la empresa a avisar antes de hacer el recorte?

Simplemente debe atenderse las disposiciones antes referidas
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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