09/Nov/08 00:09
Hace mucho en una conferencia oi que si le pago a un proveedor dentro de un mismo mes en dos o tres parcialidades importes que sumados rebasen el monto ( $ 2,000.00 ) estipulado por la autorida para elaborar cheques nominativos, el primero y el segundo lo podria hacer al portador pero si el tercero sumado con los dos anteriores rebasa el monto de ( $ 2 000.00 ) este ultimo se tendria que hacer nominativo y con la leyenda para abono en cuenta lo que me parecio logico pero no encuentro el fundamento legal esta duda me surge porque un proveedor me pide que le haga 5 cheques de $ 1,000.00 argumentandome que no tiene la solvencia economica para mantener una cuenta de cheques ya que los bancos exigen un saldo promedio y el va al dia con sus ingresos y gastos revisando el art 31 LISR y 35 RLISR no encuentro un sustendo para decirle a mi proveedor que no puedo hacer lo que me pide, segun lo que yo entendi al leer los art 31 y 35 espero me corrigan
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gtagt
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09/Nov/08 11:08
Re: CHEQUE NOMINATIVO
asi como lo planteas, desconozco si puede aplicar.......lo dudo.....hace tiempo hicimos un analisis donde tecnicamente 'yo' puedo pagar a las 10 a.m. 1999.00 pesos a las 10:10 a.m otro tanto, a las 11: 00 am, otro idem......y NO DEBIERA EXISTIR PROBLEMAS, ya que es un acuerdo de voluntades hacerlo asi....y NO SE ESTA VIOLENTANDO NUNGUNA REGLA, PUESTO QUE NO SON MAYORES A 2 MIL...........por ahi debe andar el analisis , si deseas buscarlo
saludos
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lobozac
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09/Nov/08 13:37
Re: CHEQUE NOMINATIVO
Hola gtagt:
Busca leer el art 31, habla de desembolsos de manera independiente, no se indica que se sumen, resten o multipliquen. ¿Para que meterle suposiciones que no se indican?. ¿Te quieres complicar aun mas las cosas?
Otro punto, se trata de cumplir con los proveedores y acredores, de pagarles. No de contrariar a la ley. Me parece que primero se realiza el evento y despues el fin de aplicar disposiciones fiscales cumpliendo
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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11/Nov/08 16:58
Re: CHEQUE NOMINATIVO
Gracias
lobozac
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enrique9727
General de Brigada
Con sus comentarios me queda claro
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gtagt
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12/Nov/08 09:23
Re: CHEQUE NOMINATIVO
GRACIAS A TI............NO ES NECESARIO que utilices los 'rangos', con que cierres el canal de comunicacion regalandonos tus ULTIMAS APRECIACIONES es suficiente
ahora bien........ESA ES MI OPINION, ASI LO HE APLICADO..............solo que en ocasiones el auditor es cuadrado y quiere aplicar otra cosa........si observas, en ningun lado de la ley habla de TIEMPOS, en cuanto al supuesto que mencionamos............entonces bajo mi interpretacion del CONTENIDO SEMANTICO de los articulos, CONSIDERO QUE ASI SE PUEDE APLICAR......
aqui resta DEFENDER TU POSICION ANTE UNA REVISION, FUNDAMENTAR, CORRELACIONAR, INSISTIR, DESGAJAR SEMANTICA Y HERMENEUTICAMENTE 'LA LEY'.......Y NO DEJARTE DE IMPOSICIONES FISCALES ABSURDAS
saludos y suerte en tu busqueda diaria del conocimiento
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lobozac
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