09/Nov/08 16:58
Re: Responsabilidad del patron en una Incapacidad Permanente
Hola sandoli:
1.- La LFT obliga al patron de entregar la seguridad social al su colaborador.
2.- La CPEUM solo permite que la seguridad social se entregue por el Estado
3.- La LSS permite sustituir la obligacion del patron para con el trabajador, sobre la entrega de la seguridad social, bajo ciertas condiciones y requisitos.
4.- Basicamente que el patron inscriba a sus colaboradores en el IMSS y que cubra las cuotas obrero patronales.
5.- Habria muy pocas condiciones en donde el IMSS no aceptaria la obligacion del patron sobre la seguridad social o en caso de incurrirla, el patron caeria su obligacion de cubrirla o de pagar capitales constitutivos.
Pero, principalmente si se cumple el punto 4 al patron quedaria relevado de sus obligaciones por la seguridad social
Si me hace el favor de leer los primeros articulos de la LSS hasta antes del numeral 16. Podria observarse lo anteriormente comentado
No pase por alto los articulos 2,3,4, 5 y 15
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?