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09/Oct/08 14:33
Re: Pension
Pensión mínima garantizada
Se refiere a cuando el trabajador cumple con los requisitos señalados para retirarse bajo el amparo de la Ley del Seguro Social 1997, pero no acumuló los recursos suficientes en su cuenta personal de AFORE para contratar la renta vitalicia o para recibir pensión bajo la modalidad de retiros programados. En estos casos, tendrá derecho a que el gobierno le otorgue una pensión mínima garantizada.
Esta pensión es equivalente a un Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal a la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social de 1997, que se actualiza anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale