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04/Oct/08 13:23
Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

Hola compañeros

Espero se encuentre bien y tranquilos!

Como siempre con dudas, espero me puedan auxiliar.

Esta pregunta ya la habia realizado anteriormente, pero surgio otra vez la controversia con otros contadores y personal del SAT.

Nosotros nos dedicamos a la Administración de inmuebles, para lo cual realizamos la cobranza de las rentas de casa habitación, locales comerciales, oficinas y terrenos, juntamos todo el dinero en una cuenta concentradora que esta nombre de nosotros, por lo cual se realizan todo tipo de depositos que pueden ser con cheques normales, cheques de caja, transferencias y DEPOSITOS EN EFECTIVO, ahi esta el problema tenemos muchisimos depositos en efectivo al mes de todos los arrendatarios y por logica nos hace el Banco la retención del IDE, segun mi criterio ese IDE que nos retienen no lo podemos hacer acreditable, pues no es dinero nuestro, sino de un tercero, por otra parte nosotros tenemos nuestra cuenta del Despacho en donde yo como administrador a mis clientes que son los dueños de los edificios y locales les cobro mis honorarios por prestarle el servicio de la Administración de sus inmuebles, los cuales esos ingresos seran base para el calculo de nuestros impuestos(ISR; IVA; IETU) de los cuales les expido un comprobante fiscal, Creen que yo deba acreditarme el IDE que retienen de la cuenta concentradora de los impuestos que yo determino por mi actividad de administrador?
sera correcto?

por sus comentarios muchas gracias?
 
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gace70
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05/Oct/08 11:23
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

efectivamente hace unos ayeres comentaste al respecto..la verdad no recuerdo si concluiste el tema o no..........ahora te pregunto , ya analizaste la informacion que se refiere acuentas concentradoras ?.....esto en la propia ley y la rmf....


podrias comentar al respecto ?


asi como lo planteas........veo DIFICIL PUEDAS UTILIZAR ESE IDE A TU FAVOR...........YA QUE TU NO ERES EL TITULAR DE LA CUENTA


SALUDOS
 
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lobozac
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06/Oct/08 14:43
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

HOLA LOBOZAC

GRACIAS POR TU APOYO.

SABES SE ME OLVIDO COMENTARTE QUE LA CUENTA CONCENTRADORA DE LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO POR CUENTA DE TERCEROS ' SI ESTA A NUESTRO NOMBRE', ES POR ESO LA DUDA , REALMENTE ESOS INGRESOS NO JUEGAN PARA IMPUESTOS PARA NOSOTROS (IDE ISR, IVA) SOLO LO CONCENTRAMOS Y DE AHI LES DAMOS SUS RENTAS A CADA UNO DE NUESTRO CLIENTES Y NOS COBRAMOS NUESTROS HONORARIOS POR ADMINISTRAR, LOS DEPOSITAMOS A OTRA CUENTA QUE ES DEL DESPACHO Y DE AHI SI PAGAMOS NUESTROS IMPUESTOS (IDE, ISR IVA), LA DUDA ES QUE SURGIO ES QUE POR AHI UN CONTADOR DEL SAT DIJO QUE SI PODIAMOS ACREDITAR EL IDE DE LA CUENTA CONCENTRADOR, YO LA VERDAD TENGO DUDA, POR QUE NO SON ORIGINADOS POR INGRESOS POR NUESTRA ADMINISTRACION, AHI SOLO GUARDAMOS EL DINIERO DE LOS ARRENDADORES PARA DESPUES ENTREGARCELOS.


GRACIAS AMIGO
 
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gace70
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06/Oct/08 21:28
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

Buenas noches:

Mis estimado foristas, respecto a este tema, se considera que las retenciones efectuadas por los depositos en efectivo, en las cuentas concentradoras, se refiere concretamente a las establecidas conforme a resolucion miscelanea en la regla I 11.22, por lo que les suguiero la lectura de esa regla.

Y si en esas cuentas las retenciones el banco estuviese obligado a proporcionar constancia de retenciones, por cada Beneficiario del deposito, no importando a nombre de quien este la cuenta.

por consecuencia, cada beneficiario del deposito que genero una retencion, estuviese en la posibilidad de acreditar dicho impuesto retenido.


saludos
 
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Ramusa
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07/Oct/08 08:24
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

VERIFICA ESTO .........A VER SI PUDIERAS ENCUADRAR EN EL SUPUESTO

Depósitos en efectivo destinados a terceros
I.11.3. Para los efectos del artículo 1 de la Ley del IDE, los depósitos en efectivo realizados en cuentas de personas físicas y morales, derivado de pagos destinados a terceros, se podrán considerar efectuados a éstos últimos como destinatarios finales, siempre que la institución del sistema financiero en la cual se realicen los depósitos en efectivo esté en posibilidad de otorgar constancias de recaudación de IDE a cada uno de los terceros y se cumplan los siguientes requisitos:
1. Existencia de un contrato de comisión mercantil entre las personas físicas o morales y el destinatario final del pago.

3. El comitente debe aceptar en el contrato referido, la disminución del IDE de la cantidad que el comisionista recibió en su nombre por concepto de pago.

5. Los comisionistas deberán manifestar a la institución del sistema financiero en la cual se realicen los depósitos en efectivo, mediante escrito bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitos establecidos en los numerales anteriores.
Los comisionistas y los comitentes deberán mantener a disposición del SAT la documentación que ampare el cumplimiento de los numerales 1 a 5 de la presente regla.
Las instituciones del sistema financiero que entreguen constancias de recaudación bajo la mecánica descrita en la presente regla, deberán mantener a disposición del SAT la documentación que ampare el cumplimiento del numeral 5.
LIDE 1



SALUDOS
 
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lobozac
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07/Oct/08 10:28
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

Colega, te comento que por ahora,estoy manejando que mis inquilinos, depositan su dinero en telecom, y telecom me lo deposita via transferencia electronica a mi cuenta sin hacerme la retención, solo me cobran 18 pesos por cada 35000 y lo puedes hacer las veces que quieras.
 
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garcyasocp
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07/Oct/08 10:30
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

por otro lado recuerda que el banco le va a mandar una informativa al SAT de los movimentos en efectivo, ahora bien los depositos concuerdan con los ingresos en efectivo que reportas de la cuanta concentradora.
 
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garcyasocp
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08/Oct/08 00:18
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

Lee para tus dudas los articulo 7, 8, 9, 10 y 11 LIDE de manera conjunta. Procura obtener una intepretacion unica para tu caso y que sea de manera extricta a lo que buscaria la ley

Asi como me argumenta a mi parecer no procede el acreditamiento, puesto los ingresos por lo que se retendriam y que luego se acreditaria no serian equivalentes. Es decir, no son correspondientes y ademas tampoco se procurarian para los mismos benefactores en sus proporcionalidades, que es lo que persigue la ley.

Pero aun cuando se acredite segun a como corresponda y que se acumulen los ingresos de igual forma, debe conseguirse las documentaciones comprobatorias en favor de cada beneficiario

Terminas indicando que esos depositos no corresponden a ingresos acumulables no corresponde el acreditamiento. Pues deberia se acreditado hacia a terceros, que no lo podrian hacer pues no se depositan en cuentas propias y no contarian con la comprobacion apropiada. Como serian de terceros no le corresponderia el acreditamiento para con otros ingresos y personas.

Esos articulos explican muy bien lo de las cuentas concentradoras, que tratamiento seguir Si no le entiendes a la Ley, procura leer los articulos de la RMF, espero que versen sobre la LIDE, que ultimamente casi se apegan al mismo sentido
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Oct/08 10:47
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

gace70
En mi opinion SI lo puedes acreditar, ese IDE retenido. (en tu declaracion).

Por el simple hecho que LO TIENES EN TU CUENTA, (eres el titular).
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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08/Oct/08 14:18
Re: Acreditamiento de IDE por cuenta de terceros

A VER VABDO ME HIZO REACCIONAR CON SU COMENTARIO


REINICIO;

DICES 'juntamos todo el dinero en una cuenta concentradora que esta nombre de nosotros ??????


O SEA, A NOMBRE DEQUIEN ESTA ?

PQ LA PREGUNTA?, PQ EL TITULAR PODRA ACREDITAR ESE IDE, COMO YA TE MENCIONA VABDO


SALUDOSEditado: Octubre 08, 2008 14:21:32
 
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lobozac
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