03/Oct/08 12:21
Re: RIESGO DE TRABAJO
¡Hola Silvestre!
Yo tenia la misma duda, pero ya la aclare. Lo primero que tienes que hacer es calcular lo que le correspondería por una incapacidad permanente total (recordando que esta es equivalente al 70% del salario base de cotización(SBC)).
El primer caso queda como sigue:
1.- Incapacidad permanente parcial al 20%
Incapacidad Permanente Total(IPT): (SBC *(365/12))*70%
IPT=(250.00*30.4166)*70%
IPT=7604.16*70%
IPT=5322.91
Después de ya determinaste cual es la IPT, entonces procedes a determinar la incapacidad permanente parcial(IPP)
IPP= IPT*%
En el 1er caso que planteas es del 20%, por lo tanto:
IPP= 5322.91*20%
IPP=1064.58
Después debes de calcular la indemnización, que es solo que le corresponde
Indemnización= IPP*60meses
Indemnización= 1064.58*60
Indemnización= 63875.00
Y es así para los otros casos, solo hay una excepción en cuanto a la indemnización, ya que cuando la incapacidad sea de hasta el 25% se otorga solo indemnización, cuando es mayor de 25% pero no rebasa el 50% el trabajador puede optar por la indemnización o el pago de por vida de esa cantidad y cuando esmayor al 50% le corresponde el pago de por vida de esa cantidad.
Que tengas un buen día.