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24/Sep/08 13:01
NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

buen dia tengan todos!

cuando le pago a mi proveedor menos de lo estipulado en las facturas, porque me hacen descuento por pronto pago, pero no tengo fisicamente algun documento para amparar ese descuento QUE PASA? puedo registrar contra la cuenta de DESC S/COMPRAS para cancelar los saldos, o nececito forzosamente el docmto?

COMPRE $ 10MIL
MENOS 2MIL descuento pp
PAGUE 8MIL

en mi sistema tengo ptes esos 2mil
PUEDO CANCELAR SIN NOTA DE CREDITo??
 
No hay preguntas tontas.... hay tontos que no preguntan!
 
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Charolina
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25/Sep/08 22:56
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

Hola Charolina:

Desde aca donde estoy sentado, no veo la imposibilidad practica de lo que se comenta.

Seguramente si estuviese mas cerca, me parece que mi percepcion anterior, no cambiaria.

¿Qué te detiene? Asi que, si se puede hacer, que PROCEDA, eso es otro CANTAR... Pero, veasmolo detenidamente.


Para una deduccion autorizada se requiere de documentacion comprobatoria, pero en tu caso se estaria DISMINUYENDO una deduccion autorizada, que no creo que la autoridad, no creo que se ponga muy rijosa, pues estarias DEDUCIENDO menor cuantia.

No es que favorezcas al FISCO, ni que se perjudicaria el CONTRIBUYENTE. Es lo que efectivamente, se ha estado realizado, con los hechos.

¿Quien estaria obligado entonces a recopilar la documentacion comprobatoria? Pues precisamente el que emitio la factura. Esa persona, ahora necesitaria deducir su NOTA DE CREDITO, para evitar acumular el ingreso no cobrado, si tiene un regimen en base a lo devengado. Si no la emite o la elabora, podrian fincale creditos fiscales en caso de haber aplicado CREDITOS IMPROCEDENTES.

En el caso de INGRESOS... las leyes fiscales indican una palabra, que implica OBLIGACION INELUDIBLE ... EL DEBERAN.

Mientras que para las deducciones autorizadas, las leyes fiscales aplican por lo general el concepto de PODRAN... ES DECIR OTORGARIAN UNA OPCION EN FAVOR DEL PROPIO CONTRIBUYENTE... lo cual indicaria que habria varias posibilidades de aplicar las deducciones e incluso la opcion de dejar de deducir es muy factible, ademas de ser muy reconfortante para la autoridad pues ya no tendrian que verificar deducciones.

Espero que te haya podido dejar un poco mas claro. Que solo se tenia que aplicar un poco de sentido comun.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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26/Sep/08 08:34
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

La única forma en que podrías soportar ese Descuento x Pronto Pago es con la Nota de Crédito respectiva emitida por tu proveedor, para cerrar el ciclo de tu operación necesitas obtener ese documento comprobatorio....
 
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CP_PACO
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26/Sep/08 08:47
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

Buenos días,

En mi opinión, el asiento contable a la cuenta de descuentos sería una parte, la otra sería tomar el criterio del SAT del 18 de agosto en el que dice que puedes deducir las erogaciones que muestre tu estado de cuenta (desglosando el IVA del total, siempre y cuando la erogación sea menor a $ 100,000), para erogaciones mayores a $ 100,000.00 el requisito es tener un comprobante simplificado.

Asumiendo que pagaste con un cheque para abono en cuenta o con una transferencia, tu comprobante simplificado es la factura (que es el único simplificado, además de un ticket), lo cual explica la transacción, ya que cuando existe un descuento por pronto pago, se señala en la misma factura y no tendrías necesidad de la nota de crédito.


Saludos

Miguel Jurado
 
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migueljurado
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26/Sep/08 09:03
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

Miguel: No me queda del todo claro tu comentario 'ya que cuando existe un descuento por pronto pago, se señala en la misma factura y no tendrías necesidad de la nota de crédito. '

En lo poco o mucho de mi experiencia no me ha tocado ver lo que comentas en una factura más sin embargo se establece en una política comercial la opción de los descuentos x pronto pago y ya depende del cliente el tomarlo o no conforme a su flujo de efectivo y/o conveniencia.

Por lo tanto, desde mi punto de vista si es necesario recabar la documentación comprobatoria (Nota de Crédito) que respalde el Descuento x Pronto Pago.
 
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CP_PACO
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26/Sep/08 09:29
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

buenos días colega,la situación es cuanto vas a deducir, sólo lo que pagaste los 8000,aunque podrias crear una nota de crédito interna, que te firmará el proveedor,se estipule en la factura el descuento ,etc.lo más recomendable es tener el documento que ampare el movimiento,tratata de amparar la operación,ya que si estas obligado tu o el proveedor a presentar informativa de clientes y proveedores va haber una diferencia en la información.
 
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garcyasocp
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26/Sep/08 09:55
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

Buenos días Paco,

En la factura, en el campo términos, por ejemplo pones 2/10 n 30 que quiere decir 2% de descuento si pagas en 10 días o menos; o el neto si pagas después del día 10 y hasta el 30.

En el caso de la compañera Charolina, si esta señalado en la factura como en el ejemplo no habría necesidad de nota de crédito, para cuestiones fiscales puede aplicar el criterio del SAT, si pagó con cheque para abono en cuenta o transferencia, hay que ver

Si la factura no trae los términos de pago, por cuestiones de control interno yo pediría la nota de crédito y que en lo sucesivo me incluyan en la factura los términos de pago.

Para más detalles del criterio del SAT puedes ver la página, en donde dice estados de cuenta como comprobante fiscal.

Saludos

Miguel Jurado
 
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migueljurado
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26/Sep/08 11:41
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

Miguel: ya entré a la página del SAT pero no encuentro el criterio... me puedes apoyar con alguna referencia del número que se le asignó?
 
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CP_PACO
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26/Sep/08 11:42
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

Charolina: Se me había pasado comentarte que el Descuento x Pronto Pago no se registra como un Descto. S/Compra, más bien forma parte de la partida de los Productos Financieros...
 
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CP_PACO
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26/Sep/08 11:44
Re: NOTA DE CREDITO O DEVOLUCION, DEL PROVEEDOR

Es importante o no?,,,Habría que poner orden a lo señalado, he tenido casos que la nota de crédito ha sido de vital importancia, ejemplo;

cuando se solicita devoluciones de iva, la factura dice pago en una sola exhibición, si no tienes el pago completo, te piden el soporte de la diferencia, OJO, no sabe la autoridad si es o no diferencia en pago por nota de crédito a menos que se los muestres...

Te sugiero que la solicites, ó al menos que la envién por fax, para que tengas copia de momento..
 
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SHANGAI
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