15/Sep/08 11:19
Re: contrato de almacenaje
Ya utilizaste los buscadores google o yahoo?
De una primera búsqueda encontre su definición....
Contrato de Almacenaje: Es aquel en virtud del cual un
depositante entrega en depósito al almacenista mercaderías
para su guarda o custodia, los que pueden ser enajenados
o pignorados (dados en prenda) por el endoso de los
documentos representativos del dominio (certificado de
depósito) o del derecho de prenda (vale de prenda).
Los almacenes de depósito deben cumplir los
requisitos de la ley respectiva y son autorizados para su
funcionamiento por un organismo del estado.
Los almacenes de depósito admiten la “Prenda
Flotante”, que es aquella en donde se pueden ir usando los
bienes dados en prenda como capital de trabajo e ir
reponiéndolos.
Esta prenda se perfecciona mediante el endoso del
Vale de Prenda y se hace efectivo el crédito por el remate
de las cosas dadas en prenda directamente por el
almacenista en el evento del no pago del crédito.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale