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09/Sep/08 12:07
Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias

Hola: quisiera saber si una empresa esta obligada a retener el 10% de IVA cuando realice pagos a personas fisicas y estas presente factura por servicios en lugar de recibo de honorarios. Gracias
 
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rsolis
Cabo

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09/Sep/08 12:46
Re: Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias

EN EL CASO DE SERVICIO PROFESIONALES.SI HAY OBLICACION DE RETENER ISR E IVA.Se tendria que revisar, el tipo de servicio prestado. Ahi es donde puedes encontrar diferentes opiniones, P.E. un mecanico presta el servicio por arreglar automovil. No hay retencion
 
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vabdo
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09/Sep/08 13:30
Re: Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias

Y SOLO AGREGARQUE NO ESL 10% SI NO LAS 2/3 PARTES SEGUN EL ARTICULO 3 DE RIVA.  SALUDOS
 
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lcruizuscanga
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09/Sep/08 13:36
Re: Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias

Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias  Hola: quisiera saber si una empresa esta obligada a retener el 10% de IVA cuando realice pagos a personas fisicas y estas presente factura por servicios en lugar de recibo de honorarios. que tipo de pagos ?....porque motivo o razon? depende de tu respuesta, sera la mia saludos
 
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lobozac
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09/Sep/08 23:36
Re: Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias

OKA quien se le cubre honorarios, por esas personas corresponden otorgar servicios Las leyes fiscales marcan claramente que actos y a que personas les serian los imputables las retenciones de impuestos.  Por favor, atiende de manera ESTRICTA esas disposiciones que señalan que se realicen las RETENCIONES.  Es decir, no inventes o pongas criterios personales.   Solo aplica las ordenes que se señalas al pie de la letras estipuladas en esas disposiciones en cuestion.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Sep/08 09:20
Re: Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias

Entiendo que la duda va encaminada al hecho de que se está presentando una factura y no un recibo de honorarios, cobrandose mediante dicho comprobante un servicio.En este sentido cabe señalar que la Ley de ISR sólo alude a emitir comprobantes con requisitos fiscales, resultando entonces que se pueden emitir los conocidos recibos de honorarios o en su defecto, facturas, siendo en ambos casos necesario el que se contengan los espacios de las correspondientes retenciones, pues independientemente de uno u otro comprobante, al tratarse de prestación de servicios se tienen que efectuar las correspondientes retenciones.Saludos
 
Javier Zambrano Guadalajara, Jalisco
 
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javsaid
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20/Sep/08 09:09
Re: Retención del !0% a personas fisicas profesionista y empresarias

rsolis:

CUANDO LOS SERVICIOS PRESTADOS SE EFECTÚEN COMO ACTIVIDAD EMPRESARIAL, NO PROCEDE LA RETENCIÓN DE IVA:

70/2007/IVA Retenciones de impuesto al valor agregado. No proceden por
servicios prestados como actividad empresarial
.



De conformidad con el artículo 1-A, fracción II, inciso a) de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado, las personas morales que reciban servicios
personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes
prestados u otorgados por personas físicas, están obligadas a retener el
impuesto que se les traslade.

Por otro lado, el artículo 14, último párrafo de la misma ley define que
la prestación de servicios independientes se considera que tiene la
característica de personal cuando además de ser de las actividades
reguladas por dicho artículo no tenga naturaleza de actividad
empresarial.

Por lo anterior, la retención tratándose de prestación de servicios,
únicamente se dará cuando no tengan la característica de actividad
empresarial,
en términos del artículo 16 del Código Fiscal de la
Federación, y por lo mismo puedan considerarse servicios personales.


SALUDOS
 
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CHAVALON
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