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08/Sep/08 12:11
facturas pagadas despues de cuatro meses

buen dia  foristasuna persona fisica pago facturas de  octubre, noviembre y diciembre del 2006en junio del 2007son deducibles dichas facturas?ya que pasaron mas de 4 meses despues del ejercicio que termina.gracias de nuevo  
 
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ROLLET
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08/Sep/08 12:39
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

A LAS P.F. LES APLICA ' EFECTOS FISCALES AL PAGO'.

CUANDO SON PAGADAS.... SON DEDUCIBLES.
 
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vabdo
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08/Sep/08 12:42
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

pues mi opinion es que debes verificar que dice el articulo que habla de 'los 4 meses'.........plasmalo aqui y te ayudamos a analizarlo..se me hace que son no deducibles


saludos
 
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lobozac
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08/Sep/08 14:11
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

gracias a ambosArtículo 125. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:I.-...............Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente secobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses. respecto, el Art. 159 del RISR, señala que resulta procedente la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque inclusive cuando hubiera transcurrido el plazo anteriormente mencionado, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio ESE ARTICULO YA SE MODIFICO Y NO SE EN DONDE QUEDO O LO DEROGARON.AUNQUE NO MENCIONAN NADA AL RESPECTO DE QUE SUCEDE CUANDO SE PAGUEN DE UN EJERCICIO A OTRO CUANDO NO TRANSCURREN LOS CUATRO MESES.EJEMPLO FACTURA DE DICIEMBRE 2006 PAGADA EN MARZO 2007.  SALUDOS
 
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ROLLET
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08/Sep/08 17:39
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

como que donde quedo ?........pues en el lugar donde va el articulo 159 de reglamento......

Artículo 159. Para los efectos del artículo 125, fracción I, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.

Cuando el cheque se cobre en el ejercicio inmediato siguiente a aquel al que corresponda la documentación comprobatoria que se haya expedido, los contribuyentes podrán efectuar la deducción en el ejercicio en el que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria y la fecha en la que efectivamente se cobre el cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.



saludos
 
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lobozac
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08/Sep/08 18:04
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

  CONCLUSION  NO DEDUCIBLES YA QUE NO CUMPEN CON ESTOS REQUISITOSArtículo 159. Para los efectos del artículo 125, fracción I, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio. PRIMER REQUISITO NO CUMPLIDO LA DOCUMENTACION ES DEL 2006 COBRO DEL CHEQUE DE JUNIO 2007.Cuando el cheque se cobre en el ejercicio inmediato siguiente a aquel al que corresponda la documentación comprobatoria que se haya expedido, los contribuyentes podrán efectuar la deducción en el ejercicio en el que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria y la fecha en la que efectivamente se cobre el cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.SEGUNDO REQUISITO NO  CUMPLIDO LA FECHA CONSIGNADA EN LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA ES OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2006COBRO DEL CHEQUE JUNIO 2007SALUDOS   
 
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ROLLET
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08/Sep/08 18:58
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

En los mismos terminos del caso práctico, ¿Que sucedería si se hubieran pagado en Febrero de 2007?, ¿Serán deducibles? y ¿Es aplicable solo a personas Morales?
 
L.C. Alberto Martínez
 
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grupogim
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09/Sep/08 08:48
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

Hola:Muy bien las respuestas, pero lo uqe se debio preguntar es si la persona  física pago las facturas:1. Con cheque.2. A otra persona física.3. A una persona moral A.C. o S.C.El colega nunca dijo a quien le pago esas facturas y si fueron con cheque, lo único que señala o pregunta es lo de los cuatro meses. Esto lo comento ya que si la persona física paga a una persona moral de regimen general, salen sobrando los comentarios acertados de los colegas así como sus fundamentos.Saludines
 
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LCSERGIOGUEVARAN
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09/Sep/08 10:12
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

 MUY INTERESANTSU PUNTO DE VISTA LCSERGIOGUEVARANCAPITULO IIDE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALESSECCION IDE LAS PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDADES EEMPRESARIALES Y RPOFESIONALESArtículo 125 LISR. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes: ....................Como la ley no hace distincion a quien se le paga solo, la fecha de la documentacion comprobatoria y el momento del cobro del cheque.se llego a esa conclusion pero nunca esta demas una opinion valiosa como la suyapersona fisica que paga facturas expedidas en oct. nov y dic 2006 a persona moralcon cheque expedido y cobrado en junio del 2007.saludos.
 
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ROLLET
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09/Sep/08 13:24
Re: facturas pagadas despues de cuatro meses

con este panorama alguna otra opinion, todas son valiosasson deducibles o no?saludos  
 
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ROLLET
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