18/Ago/08 19:54
En el DOF del 08 de marzo de 2007 se publicó el DECRETO Presidencial (vigente a partir del día siguiente) por el cual se concede un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas o morales del impuesto sobre la renta, consistente en una deducción adicional a las previstas en la Ley del Impuesto sobre la Renta que permite disminuir de los ingresos del contribuyente por el ejercicio fiscal de que se trate, un monto adicional equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas que contraten y reúnan las características siguientes:
 Que tengan 65 años o más de edad, o
 Que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas;
 Que padezcan discapacidad mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o
 Que se trate de invidentes.
REQUISITOS:
Para ser beneficiario de este estímulo, el contribuyente deberá cumplir, respecto de los trabajadores mencionados:
 Con las obligaciones contenidas en el artículo 15 de la Ley del Seguro Social; esto es, presentar sus avisos de afiliación y de modificación salarial dentro de los plazos legales; y
 Con la s obligaciones de retención y entero del impuesto previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta; y
 Obtener, respecto de los trabajadores indicados, el certificado de discapacidad del trabajador expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal previsto en este artículo por la contratación de personas con discapacidad, no podrán aplicar el estímulo fiscal a que se refiere el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá expedir las disposiciones necesarias para la correcta y debida aplicación del Decreto.
Los beneficios del Decreto no serán aplicables a los salarios devengados con anterioridad al 09 de marzo de 2007 y que se paguen con posterioridad a dicha fecha, a las personas con características iguales a las indicadas en este documento.