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07/Ago/08 18:31
RECHAZO DEV IVA, POR NO DECIR PAGO EN PARCIALIDADES...

BUENAS TARDES COLEGAS, ESTE TEMA YA SE HABIA TRATADO, SE TRAMITÓ LA DEV DE IVA PERO, LA FACT ORIGINAL NO DICE PAGO EN PARCIALIDAD, YA QUE SE LIQUIDÓ EN DOS PARTES...

EL SAT DICE QUE NO PROCEDE Y APLICAN LOS ART. 29 SEXTO PARRAFO CFF Y 32 FRACCION III LIVA SEGUNDO PARRAFO..,...

AHORA BIEN EN UNA JURISPRUDENCIA..DICE,,
Registro No. 170111
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXVII, Marzo de 2008
Página: 150
Tesis: 2a./J. 35/2008
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa
COMPROBANTES FISCALES. EL CONTRIBUYENTE A FAVOR DE QUIEN SE EXPIDEN NO ESTÁ OBLIGADO A VERIFICAR QUE CONTENGAN EL SEÑALAMIENTO RELATIVO A SI EL PAGO DE LA CONTRAPRESTACIÓN SE HACE EN UNA SOLA EXHIBICIÓN O EN PARCIALIDADES[/b:4355096bb3].
De los artículos 32, fracción III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, se advierte que los obligados al pago del impuesto al valor agregado y quienes realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A de la Ley relativa tienen, entre otras obligaciones, la de expedir comprobantes fiscales, los cuales deben contener, además de los requisitos establecidos por el Código citado y su Reglamento, el señalamiento del impuesto trasladado expresamente y por separado a quien adquiera los bienes, los use o goce temporalmente o reciba los servicios, y cuando el comprobante ampare actos o actividades por los que deba pagarse el impuesto, deberá señalarse en el mismo expresamente si el pago de la contraprestación se hace en una sola exhibición o en parcialidades. Por otra parte, el indicado artículo 29-A establece los requisitos formales que deben reunir los comprobantes fiscales, respecto de los cuales, en términos del tercer párrafo del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, el adquirente de bienes o el usuario de servicios debe verificar que el comprobante respectivo los contenga en su totalidad, y por lo que hace a los datos a que se refiere la fracción I del citado artículo 29-A, relativos al nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes del emisor del comprobante, el usuario del documento debe cerciorarse que dichos datos se contengan en él y sean los correctos, ya que de ello deriva la procedencia de la deducción o el acreditamiento del tributo. [b:4355096bb3]De lo anterior, se concluye que dicha verificación no vincula al contribuyente a favor de quien se expide el comprobante a constatar el debido cumplimiento de los deberes fiscales a cargo del emisor, entre los que se encuentra el señalamiento relativo a si el pago de la contraprestación se hace en una sola exhibición o en parcialidades[/b:4355096bb3], [b:4355096bb3]pues su obligación se restringe, por así disponerlo el tercer párrafo del artículo 29 del Código mencionado, a verificar que el comprobante contenga los datos previstos en el diverso numeral 29-A del mismo ordenamiento.
Contradicción de tesis 5/2008-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Primero, ambos en Materia Administrativa del Cuarto Circuito. 27 de febrero de 2008. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: José Luis Rafael Cano Martínez.

Tesis de jurisprudencia 35/2008. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del cinco de marzo de dos mil ocho.

CONFORME A ESTA JURISPRUDENCIA NO PROCEDE POR PARTE DE LA AUTORIDAD DICHO RECHAZO..
 
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SHANGAI
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07/Ago/08 19:45

y luego , que sigue ?

aqui "termina" el "alcance" del contador........

y sigue lo "legal"......a pelearle a la autoridad a traves del recurso administrativo

art 23 y 24 de lfd

art 116-128 cff

pero "quieres ganarle" a la autoridad ?....DEJA EN MANOS DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO ESTO.....como contador, repito, "ya terminaste"

saludos
 
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lobozac
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07/Ago/08 22:28
Re: RECHAZO DEV IVA, POR NO DECIR PAGO EN PARCIALIDADES...

Asi es hasta ese punto llega el contador.

Lo que va despues, es interponer un procedimiento de defensa, ante el criterio establecido por la autoridad. Que esta en su derecho de aplicar sus criterios pues es la persona verificadora de obligaciones.

Tiene que intervenir si lo desea el contribuyente, que intervenga el poder judicial a derimir la resolucion definitiva
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Ago/08 10:38

como ves SHANGAI. que opinion nos regalas de lo comentado ?

gracias

saludos
 
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lobozac
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08/Ago/08 11:12
RECHAZO DEV IVA, POR NO DECIR PAGO EN PARCIALIDADES...

Tengo dos opciones por elegir:

1.- Contratar los servicios de un abogado fiscalista, pero¡¡ cuanto me va salir - costo-beneficio-, entre otras, la empresa tiene trámites mes con mes......

2.- Hablar con él proveedor para que ponga en la factura "pago en parcialidades"...sería más sencillo y sin costo alguno..


En términos de obligaciones que se tienen o derechos según sea el caso, debo de considerar que no es un importe significativo, seguiré el segundo paso, ya hice cita para hablar con la administradora de local, solamente para hacerle ver el entendido de la misma...o ellos logren explicar mejor¡¡¡ la lectura a.b.c.

Gracias por sus aportaciones.....compañeros
 
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SHANGAI
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08/Ago/08 11:18
Re: RECHAZO DEV IVA, POR NO DECIR PAGO EN PARCIALIDADES...

[quote="SHANGAI"]Tengo dos opciones por elegir:

1.- Contratar los servicios de un abogado fiscalista, pero¡¡ cuanto me va salir - costo-beneficio-, entre otras, la empresa tiene trámites mes con mes......

2.- Hablar con él proveedor [color=red:bc753a5900][u:bc753a5900]para que ponga [/b:bc753a5900][/u:bc753a5900][/color:bc753a5900]en la factura "pago en parcialidades"...sería más sencillo y sin costo alguno..


[color=blue:bc753a5900][u:bc753a5900][b:bc753a5900]aqui me queda la inquietud, COMO SE DIO CUENTA LA AUTORIDAD DE QUE NO TENIA La LEYENDA ?....te pidieron el documento ?...LE SACARON COPIA ?....

SI ASI FUE, YA BAILASTE , COMO LE VAS A HACER PARA "ALTERAR" UN DOCUMENTO.......AGUAS CON LAS CUESTIONES LEGALES Y PENALES[/u:bc753a5900][/color:bc753a5900]

SALUDOS
 
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lobozac
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08/Ago/08 13:09

La opción que elegiste es la mas economica y la puedes hacer tu.

Vuelve a realizar el tramite, ponle a tú factura original bien sea con sello o a maquina la leyenda de la ley condiciones de pago: pago en parcialidades y listo te lo van a regresar es mas rápido que irte a juicio, en el que vas a tener que hacerle la pruebas al abogado
 
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arturoherrera77
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