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21/Jul/08 12:39
DEBO PRESENTAR LA DIOT

SOMOS UNA EMPRESA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJERO Y TURISMO Y NOS LLEGO UN REQUERIMIENTO DE HACIENDA QUE DEBEMOS DE PRESENTAR LA DIOT, PERO NOSOTROS AL SER DE TRANSPORTE NO COBRAMOS IVA, AUN ASI DEBO DE PRESENTAR LA DIOT., GRACIAS
 
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Coach1
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21/Jul/08 12:44
Re: DEBO PRESENTAR LA DIOT

Claro ya que las DIOT son para ver con quien tuviste operaciones; osea tus proveedores no tus clientes. O no consumes nada para tu actividad.
 
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Faby82
Cabo

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21/Jul/08 12:47
Re: DEBO PRESENTAR LA DIOT

"Cach":
SOMOS UNA EMPRESA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJERO Y TURISMO Y NOS LLEGO UN REQUERIMIENTO DE HACIENDA QUE DEBEMOS DE PRESENTAR LA DIOT, PERO NOSOTROS AL SER DE TRANSPORTE NO COBRAMOS IVA, AUN ASI DEBO DE PRESENTAR LA DIOT., GRACIAS




del sat........

2. Las personas morales comprendidas dentro del titulo III de la Ley del ISR, ¿deben de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.).?

Sí. Tratándose de la Federación, Entidades Federativas, Distrito Federal y sus organismos descentralizados y municipios, están obligados a presentar la DIOT.

Para el caso de las demás personas morales, [color=red:479573d111][u:479573d111]únicamente estarán obligados a presentar la DIOT[/b:479573d111][/u:479573d111][/color:479573d111], [color=blue:479573d111][u:479573d111][b:479573d111]cuando sean contribuyentes del IVA[/b:479573d111][/u:479573d111][/color:479573d111], esto es, [color=red:479573d111][u:479573d111][b:479573d111]cuando realicen los actos o actividades gravados [/b:479573d111][/u:479573d111][/color:479573d111]por la Ley del IVA [color=blue:479573d111][u:479573d111][b:479573d111]o tengan registrada la clave [/u:479573d111][/color:479573d111]correspondiente de IVA.

Fundamento Legal: Artículo 32, primer párrafo y fracción VIII de la LIVA. Artículo 32-G del CFF y regla I.2.1.17. de la RMF.


saludos
 
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lobozac
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21/Jul/08 12:51
Re: DEBO PRESENTAR LA DIOT

1. ¿Quiénes son los obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?

Las personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o que tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA.
Fundamento Legal: Artículo 32 primer párrafo y fracciones V y VIII de la LIVA, y la regla I.5.1.5. y I.5.1.6. de la RMF.

http://www.sat.gob.mx/nuevo.html
 
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CP_PACO
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21/Jul/08 13:28

Tiene la obligacion: causante de IVA???
 
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vabdo
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21/Jul/08 13:43
Re: DEBO PRESENTAR LA DIOT

[i:25e642a08b]Art. 15 LIVA. No se pagara el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

V. El transporte [size=18:25e642a08b]publico[/size:25e642a08b] terrestre de personas, excepto por ferrocarril.[/i:25e642a08b]

Es su caso?
 
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CP_JAAC
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21/Jul/08 14:33
Re: DEBO PRESENTAR LA DIOT

Cach:

LAS PERSONAS CON ACTIVIDADES EXENTAS DE IVA, NO ESTÁN OBLIGADAS A PRESENTAR LA DIOT.

FUNDAMENTO: ART. 32 :

Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones[/b:20a9edb9c8] señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

VIII. [b:20a9edb9c8]Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores.......................
............

EL ART. 2-A SE REFIERE A CONTRIBUYENTES TASA 0%

FISCALIA PUBLICÓ UN ARTÍCULO SOBRE EL TEMA:

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=News&file=article&sid=1927



SALUDOS
 
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CHAVALON
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21/Jul/08 14:49
Re: DEBO PRESENTAR LA DIOT

"Cach":
SOMOS UNA EMPRESA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJERO Y TURISMO Y NOS LLEGO UN REQUERIMIENTO DE HACIENDA QUE DEBEMOS DE PRESENTAR LA DIOT, PERO NOSOTROS AL SER DE TRANSPORTE NO COBRAMOS IVA, AUN ASI DEBO DE PRESENTAR LA DIOT., GRACIAS


No cobran IVA, pero si tienen una tasa cero o gravada al NO PAGO como obligación del IVA. Por lo tanto, tienen la obligación de la presentación del DIOT. Así ya te lo fundamentaron varios participantes anteriormente por diversas maneras, todas ellas muy bien por cierto.

Ustedes son contribuyentes del IVA por que simplemente caen en el Art. 1 LIVA, es un servicio el que prestan, esta es la actividad esta dentro del objeto que gravaría la LIVA, que luego proceda a gravarse a la tasa cero, eso es otra situación muy distinta. Siguen estando a la observancia de la LIVA.

Si no cayeran conforme al Art. 1 LIVA, entonces no estarían obligados a lo manifestado del Art. 32 fracción VIII, que a su vez el SAT implementa el formulario DIOT como para dar cumplimiento a obligación de señalada esa fracción VIII del art. 32 LIVA
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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