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17/Jul/08 17:54
OTRA PREGUNTA DEL 5% DEL DECRETO

Buen día

Ojala me puedan apoyar, la empresa donde laboro toma el 5% del beneficio de eximirnos del pagos de las Cuotas del Seguro Social, sin embargo me entro la siguiente duda. Hoy pagamos el SUA (con el beneficio) alrededor de las 12:00 del día, sin embargo nos llego una multa que si procede a las 11:00.

Mi duda es que en el decreto dice que no debemos de tener créditos en firme por pagar. La multa la pagaremos mañana, sin embargo considero que lo anterior no es impedimento para haber tomado el beneficio. Dando una interpretación que el crédito en firme es cuando vence el plazo que me dan para realizar el pago de la multa.

Que opinan?
 
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FranciscoFong
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17/Jul/08 19:16

sino te dice algo el notificador..........tu sigue usando el beneficio....se supone que si es asi como lo planteas, el beneficio se termina por incumplimiento del mismo por parte del contribuyente

saludos
 
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lobozac
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17/Jul/08 20:20
Re: OTRA PREGUNTA DEL 5% DEL DECRETO

:| Buenas tardes. Dice usted que la mula procede. Quiero suponer que se trata esa multa de otro asunto, no de que pagaron hoy a las 12. Recuerde que la autoridad nos notifica hoy y el aviso surte efectos hasta mañana.

Salutes,
El Lic.
 
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pepesoto
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17/Jul/08 22:08
Re: OTRA PREGUNTA DEL 5% DEL DECRETO

Si dices que la multa procede es porque no has cumplido alguna obligaciòn o algun pago y si esto es cierto pues no tienes derecho al beneficio, podrias comentar el porque de la multa????

Saludos :P
 
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juancarm
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18/Jul/08 11:47
Re: OTRA PREGUNTA DEL 5% DEL DECRETO

si la cuestión es que esa multa fue porque tuvimos un error en dar de alta a un trabajador (fuera del plazo permitido). Analizando el decreto veo que unos de los requisitos es no tener créditos firmes, sin embargo bajo el supuesto que no voy a impugnarlo, no promover ningún tipo de recurso y pagaré el credito antes de su vencimiento, considero viable el que me haya tomado el crédito.

Que opinan?
 
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FranciscoFong
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18/Jul/08 12:12

TE DEJO ESTO


http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=31847


SALUDOS
 
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lobozac
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18/Jul/08 12:35

Si la multa no es con relación al pago de impuestos. Me parece que tendrías razón.

Pues, lo que decreto lo que busca es beneficiar a los contribuyentes cumplidores con el pago de las aportaciones de seguridad social, referentes al IMSS. A reserva de checarlo en el decreto minuciosamente.

Esa multa sería conforme a la afiliación. Y aunque en el decreto se incluya, me parece que esa multa aún no es un crédito fiscal fincado. Pues, las multas pueden impugnarse y hay un plazo para que queden como un crédito fiscal firme. Se tendría 45 días para su impugnación. Si no es solucionada a la brevedad, podría ahora si perjudicarte en futuros pagos del IMSS para ese beneficio. Si en el decreto incluyese este tipo de créditos fiscales, como para eliminar el derecho.

Ahora por esa multa, si el movimiento se aplicó de manera espontánea, sin requerimiento de por medio, sería factible cancelarse sin el pago de la misma. Pero hay que hacerlo rápido.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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19/Jul/08 19:18
Re: OTRA PREGUNTA DEL 5% DEL DECRETO

"FranciscoFong":
[i:e9fff1eae5][color=blue:e9fff1eae5]...bajo el supuesto que no voy a impugnarlo...[/color:e9fff1eae5][/i:e9fff1eae5]

Que opinan?


:| Buenas tardes. No mi amigo, eso no tiene nada que ver. El credito fiscal ya está fincado, o sea, ya está "en firme".

Salut,
El Lic.
 
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pepesoto
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21/Ago/08 10:05
Re: OTRA PREGUNTA DEL 5% DEL DECRETO

Hola buen día a todos, siguiendo con este tema de los créditos fiscales, ¿Cuando afectan los créditos fiscales para el beneficio del descuento? Es decir, si hoy me notifican una multa por diferencias y la pago antes de enterar las cuotas de Agosto (Sep 17), puedo aplicarme el beneficio del decreto?? O por el simple hecho de que él crédito fue notificado en Agosto ya no me aplica el descuento?? Espero me haya explicado...

Saludos y gracias de antemano por sus respuestas
 
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rgarciazx
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21/Ago/08 21:38
Re: OTRA PREGUNTA DEL 5% DEL DECRETO

:idea: Buenas noches. Dado que para cuando pague agosto ya no tendrá creditos firmes x haberlos liquidado, puede aplicarse el beneficio de la exención.

Saluti,
El Lic.
 
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pepesoto
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