17/Jul/08 11:34
Hola jgherr2000:
No comprendo bien tu caso.
1.- ¿Indicas que no se aplicó la opción de amortizar pérdidas en la determinación de la acumulación del inventario. El cual, se vendría a acumular en ejercicios posteriores al 2004, de manera diferida?
2.- Entonces esas pérdidas seguirían vivas, cuando menos hasta la anual del 2005.
3.- El efecto de acumulación del inventario y de no haber aplicado las pérdidas, sería muy mínima diferencia (de manera desfavorecedora) de no haber aplicado en su oportunidad. Mas sin embargo, el derecho se conserva hasta Dic 2005, en su declaración correspondiente. Si existiese algún remanente, se conserva el derecho de incluir pérdidas remanentes para declaraciones anuales posteriores.
4.- Para efectos de pagos provisionales, tengo la OPCIÓN de no incluir pagos provisionales PÉRDIDAS FISCALES, así que mis pagos por IMPAC, los puedo dejar como ISR. Aquí no pierdo todavía el derecho de aplicar pérdidas para ejercicios posteriores a cuando tendría la primer oportunidad en cálculo anual de ejercer ese derecho. Este derecho sólo se pierde en cálculos anuales.
5.- Mis pagos provisionales por IMPAC e ISR, si estuve realizando PAGOS EN CONJUNTO, que es la opción financiera y fiscal más óptima. Entonces, al final del ejercicio, TODOS esos pagos provisionales (de ISR o de IMPAC) se convertirían EN ISR. Aún en el caso, de no tener monto a causar ISR al final del ejercicio.
6.- Luego, procedería a realizar el acreditamiento para la causación del IMPAC o del impuesto mayor y EL SALDO A FAVOR POR ISR, se vería disminuido por ese monto que correspondió ser acreditable.
7.- En las anuales, vuelvo a tener la opción de aplicar pérdidas fiscales, pero si no las aplico, pierdo el derecho hasta el monto en que pude haberlo efectuado. Pero, mediante complementaria que le corresponda, ejercería mi derecho.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?