Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
02/Jul/08 9:45
DECRETO DEDUCCION INMEDIATA

BUENOS DIAS COLEGAS,

ESTOY EN UNA SITUACION CON EL DESPACHO QUE ME DICTAMINA Y ES SOBRE LA APLICACION DEL DECRETO DE LA DEDUCCION INMEDIATA, EL CUAL ME PERMITE DEDUCIR UN PORCENTAJE MAYOR AL QUE ESTABLECE LA LEY PARA EL MISMO FIN.

Y ELLOS ME ESTAN SACANDO LA OBSERVACION DEL ARTICULO TRANSITORIO DONDE MENCIONA EL AÑO PASADO QUE SERA APLICABLE AL EJERCICIO 2006, SIENDO ESTO CIERTO PERO CON UN DETALLE Y DUDA QUE ME SURGE, LA CUAL ES QUE EL DECRETO 20 JUNIO DE 2003 NO ESTABLECE FECHA LIMITE PARA SU APLICACION.

POR FAVOR SI QUISIERA SUS COMENTARIOS CON SU FUNDAMENTO PARA LA APLICACION O NO DEL DECRETO DE JUNIO DEL 2003.

DE ANTEMANO GRACIAS.

SALUDOS.
 
Perfil

CHEMA
Sargento Primero

Mensajes: 119
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jul/08 10:09
Re: DECRETO DEDUCCION INMEDIATA

CHEMA:

EN MI OPINIÓN LOS DECRETOS QUE NO SE HAN ABROGADO, SIGUEN VIGENTES.

PERO EN EL CASO DE ESTE DECRETO ADEMÁS SEÑALA QUE PUEDE SEGUIR APLICÁNDOSE EN LOS EJERCICIOS POSTERIORES AL 2005, SIN LIMITAR LOS MISMOS:

DECRETO por el que se otorga un Estímulo Fiscal en Materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo.[/b:4b49c47213]

Artículo Tercero.- SEGUNDO PÁRRAFO

[b:4b49c47213]Los contribuyentes que en los ejercicios [color=red:4b49c47213]posteriores a 2005 [/color:4b49c47213]realicen inversiones en bienes nuevos de activo fijo, [color=red:4b49c47213]podrán efectuar totalmente la deducción inmediata en el ejercicio que corresponda en los términos del presente Decreto[/color:4b49c47213], siempre que cumplan los demás requisitos y limitaciones previstos en los artículos 220 y 221 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

[b]Transitorios[/b:4b49c47213]

Segundo. [b:4b49c47213][color=red:4b49c47213]Las inversiones de bienes nuevos de activo fijo por las que se podrá aplicar lo dispuesto en los Artículos [/color:4b49c47213][/b:4b49c47213]Primero, [color=red:4b49c47213][b:4b49c47213]Segundo[/b:4b49c47213][/color:4b49c47213] y Tercero de este Decreto [color=red:4b49c47213][b:4b49c47213]serán aquellas que se efectúen a partir de la entrada en vigor del mismo,[/color:4b49c47213] con las limitaciones y requisitos que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta en sus artículos 220 y 221.

SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jul/08 11:38
Re: DECRETO DEDUCCION INMEDIATA

CHAVALON

Tendrás el decreto del 20-06-2003 completo que me puedas enviar a mi correo por favor??

angelito2001@prodigy.net.mx
 
N E X
 
Perfil

Nex
Subteniente

Mensajes: 184
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jul/08 16:31
Re: DECRETO DEDUCCION INMEDIATA

Nex:

PUEDES OBTENERLO EN ESTA LIGA:

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/legislacion/d_efisc.doc

SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Jul/08 13:43
Re: DECRETO DEDUCCION INMEDIATA

Muchas gracias Chavalon...
 
N E X
 
Perfil

Nex
Subteniente

Mensajes: 184
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Jul/08 9:15
Re: DECRETO DEDUCCION INMEDIATA

Nex, te envie el decreto a tu mail,,,

Saludos
 
Perfil

CHEMA
Sargento Primero

Mensajes: 119
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1