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25/Jun/08 15:15
Gravara ISR por salarios???

Me pregunta un amigo lo siguiente:

Mira resulta que el INEA transfiere fondos al IEEA de ramo XXXIII para beneficio social, y este a su vez transfiere recurso a los Patronatos, los cuales son los encargados de administrar y realizar los pagos a las figuras solidarias, ( Asesores, Aplicadores, etc.)

los pagos que realizan a esas figuras solidarias son consideradas, segun ellos gratificaciones y dicen que no existe una relacion laboral, por lo cual no realizan retenciones de impuestos.

Pero resulta que hay agentes solidarios ( Personas a las que les realizan pagos) que estan obteniendo ingresos por mas del salario minimo, a lo que yo considero que se les tiene que considerar como asimilados, a lo que la Contadora argumenta que por ser de la partida 4000 ( Subsidios, Transferencias) [color=red:2f5dceb21d]no estan obligados a esa retención. pero a estos momentos no he encontrado nada que me diga que por ser partida 4000 no realice retencion de Impuestos[/color:2f5dceb21d].



Saludos
 
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Mem
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25/Jun/08 15:28
Re: Gravara ISR por salarios???

"Mem":
Me pregunta un amigo lo siguiente:

Mira resulta que el INEA transfiere fondos al IEEA de ramo XXXIII para beneficio social, y este a su vez transfiere recurso a los Patronatos, los cuales son los encargados de administrar y realizar los pagos a las figuras solidarias, ( Asesores, Aplicadores, etc.)

los pagos que realizan a esas figuras solidarias son consideradas, segun ellos gratificaciones y dicen que no existe una relacion laboral, por lo cual no realizan retenciones de impuestos.

Pero resulta que hay agentes solidarios ( Personas a las que les realizan pagos) que estan obteniendo ingresos por mas del salario minimo, a lo que [color=red:50a3a5fabc][u:50a3a5fabc]yo considero [/u:50a3a5fabc][/color:50a3a5fabc]que se les tiene que considerar como asimilados, a lo que la Contadora argumenta que por ser de la partida 4000 ( Subsidios, Transferencias) [color=red:50a3a5fabc]no estan obligados a esa retención. pero a estos momentos no he encontrado nada que me diga que por ser partida 4000 no realice retencion de Impuestos[/color:50a3a5fabc].



Saludos


y cuales son tus fundamentos para tu considerar ?........podrias compartirlos ?

gracias

saludos
 
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lobozac
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25/Jun/08 17:50

Me parece que esos fondos tan manoseados. Ya no les interesaría cómo serían comprobados, en cuanto a requisitos.

Y si así, se manejan las responsabilidades laborales, a la buena de Dios. Cómo que controlar, saldría sobrando. Si se controlarían las comprobaciones, no dan manga ancha para algunos agregados culturales, que como que se realizaron por donde el aire da la vuelta y llegan a bolsillos de quienes manejan los recursos. Están muy firmes esos chavos con el manejo a su antojo.

Si así se manejan las relaciones laborales.

Mem ¿Crees que sería prudente, dedicarle tiempo a los impuestos?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Jun/08 23:37

Lobozac
No tengo el fundamento en forma clara, sin embargo si las personas están recibiendo un ingreso... deben pagar impuesto sobre la renta.
Esta complejo el caso, nunca he visto algo parecido.
 
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Mem
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25/Jun/08 23:39

Enrique
La persona que me pregunta está haciendo una revisión de cuenta publica, él debe emitir un informe y señalar si cumplieron con sus obligaciones fiscales dichos organismos.
 
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26/Jun/08 9:09

QUIERO ENTENDER QUE LOS ASESORES Y APLICADORES , no fueron contratados de la forma como lo maneja lft ni como asimilados , ni como honorarios........solo "llegaron" les dijeron tu vas a hacer esto y se te va a dar un "estimulo economico"....asi es ?


saludos
 
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lobozac
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26/Jun/08 10:20
Editando el mensaje para una mejor apreciación de la cita.

[color=brown:4cb897c756]===============================================[/color:4cb897c756][/b:4cb897c756]
"Mem":


Me pregunta un amigo lo siguiente:

Mira resulta que el INEA transfiere fondos al IEEA de ramo XXXIII para beneficio social, y este a su vez transfiere recurso a los Patronatos, los cuales son los encargados de administrar y realizar los pagos a las figuras solidarias, ( Asesores, Aplicadores, etc.)

[b:4cb897c756]los pagos que realizan [/b:4cb897c756]a esas figuras solidarias [b:4cb897c756]son consideradas[/b:4cb897c756], segun ellos g[b:4cb897c756]ratificaciones [/b:4cb897c756]y dicen que [b:4cb897c756]no existe una relacion laboral[/b:4cb897c756], [u:4cb897c756]por lo cual no realizan retenciones de impuestos.[/u:4cb897c756]

Pero resulta que [b:4cb897c756]hay agentes[/b:4cb897c756] solidarios ( Personas a las que les realizan pagos) [b:4cb897c756]que estan obteniendo ingresos [/b:4cb897c756]por mas del salario minimo, a lo que yo considero que se les tiene que considerar como asimilados, a lo que la Contadora argumenta que por ser de la partida 4000 ( Subsidios, Transferencias) [color=red:4cb897c756]no estan obligados a esa retención. pero a estos momentos no he encontrado nada que me diga que por ser partida 4000 no realice retencion de Impuestos[/color:4cb897c756].



[b:4cb897c756][color=brown:4cb897c756]===============================================[/color:4cb897c756]

Veamos, la CPEUM dice que es obligación de los mexicanos contribuir con el gasto público, así que obligados estamos...

Otra, el que no exista relación de trabajo no exenta de impuestos a nadie, si bien les libera de ciertas obligaciones -alta al IMSS e ISN, entre otras- no libera al que percibe el ingreso de la obligación de pagar impuestos ó como dice la CPEUM, de contribuir al gasto público...

Por otro lado tenemos que quienes estan percibiendo ingresos son personas físicas, por lo que en LISR les debemos ubicar en el Título IV, buscar cualquiera de los Capítulos de dicho Título para ver donde encuadran esos ingresos que estan percibiendo, voto por el I, en asimilados, pero si acaso no aplica, entonces solos se ubican en el Capítulo IX, con las consecuencias que apliquen...

Prosigo, si ya quedamos que son personas físicas, que obtienen ingresos y que deben contribuir al gasto público, ahora si deseamos exentar los ingresos que perciben para así no tener que contribuir al gasto público, entonces busquemos la posible exención en el 109 de LISR, que es donde se contemplan los ingresos exentos para las personas físicas, al no haber una fracción que contemple como exentos a los ingresos que ellos estan percibiendo, concluimos que estan gravados y que por ende deben pagar ISR... ¿cómo pagarlo?, hay va a depender del Capítulo en que decidan estan encuadrados sus ingresos... que yo sigo votando por el I.

Recordar que las exenciones son de aplicación, es decir, si esta contemplado en Ley esta exento, si no viene contemplado en las exenciones, esta gravado, esto con sustento en el artículo 5 de CFF.

Esa es mi apreciación, en base a lo que entiendo de ISR y pago de impuestos... ya que si se sacan de la manga un decreto ó algo parecido, pues ni que hacer...

saludos.


Pdta. Por cierto, algo esta fallando al momento de responder citando, los mensajes que se citan no se diferencian igual que antes... al menos es la segunda ocasión que me sucede... por ello decidí editar el mensaje para poner esas líneas de división al citar el mensaje de MEM... igual es falla mía... pero esperemos comentarios.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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26/Jun/08 12:58

"lobozac":
QUIERO ENTENDER QUE LOS ASESORES Y APLICADORES , no fueron contratados de la forma como lo maneja lft ni como asimilados , ni como honorarios........solo "llegaron" les dijeron tu vas a hacer esto y se te va a dar un "estimulo economico"....asi es ? [color=red:12b873edfd]así es y además estos pagos son en forma continua.[/color:12b873edfd]


saludos
 
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26/Jun/08 12:59

sosgtorreon

Gracias por tu interesante contestación!!

Espero que lleguen más comentarios.
 
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Mem
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26/Jun/08 20:30
Re: Gravara ISR por salarios???

:( Buenas tardes. Todos somos mexicanos.. No hay de primera ni de segunda. Todos deben aportar al gasto publico con el pago de sus impuestos, tal y como el camarada SOS lo advierte. Pero viniendo del mismo gobierno no me extraña. Mil y un veces me dijo mi abuelita que viviera del presupuesto, pero era joven... tenía energía... no quise desperdiciarla.... :(

Salu2,
El Lic.



PD. A mi también me sucede lo de los "quote" SOS, no siempre, asi que es un problema del programa del foro... :!:
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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