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23/Jun/08 19:44
AYUDA EN PAGOS DE IETU

Buenas tardes a todos


Alguien que me orientar, ayudar, lo que pasa es que no eh entendido todavia bien, para mis pagos provisionales de IETU, resulta que tengo perdida en el ejercicio 2006, 2007, por consecuencia no tengo coeficiente para ISR, entonces al hacer mis calculos del IETU si me sale a pagar, no puedo acreditar las perdidas acumuladas que traigo de 2006, 2007, tendria que pagar IETU?, entonces que voy hacer con mis perdidas acumuladas que traigo, no se si alguien me pueda orientar mucho se los voy agradecer.
 
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leo_trans-eco
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23/Jun/08 19:50

Nop... para nada las perdidas con el IETU a menos que se tenga dentro de las mismas DEDUCCIONES INMEDIATA POR DEPRECIACIONES DE ACTIVOS FIJO, se podrían aprovechar una parte de todas esas pérdidas, o depreciaciones inmediatas, pero no en su totalidad.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Jun/08 20:54
Re: AYUDA EN PAGOS DE IETU

Entonces en pocas palabras por 2008, tengo que estar pagando el IETU que me resulte, solo para 2009, en caso de que tuviera perdida voy a poder aplicarla, pero solo para 2009, y solo va a ser un factor verdad, entonces que se va hacer con las perdidas acumuladas de años anteriores, ya se van a perder?
 
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leo_trans-eco
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23/Jun/08 21:41
Re: AYUDA EN PAGOS DE IETU

Buenas noches.

Leo_trans-eco

Creo que estas confundiendo o revolviendo lo que son las pérdidas fiscales de ISR con el crédito fiscal del art. 11 de la LIETU, el cual se podrá aplicar cuando en un ejercicio las deducciones autorizadas sean mayores que los ingresos acumulables para efectos del IETU, como el IETU inició en 2008, no hay este crédito por 2007 ni ejercicios anteriores, por lo que en 2008 no se aplica tal crédito, te puede resultar con los datos de 2008 para aplicarlo en 2009.

Las pérdidas fiscales que tengas de ejercicios anteriores en ISR nada tienen que ver con el IETU, las podrás aplicar contra utilidades de ISR de los 10 ejercicios siguientes hasta agotarlas, si en 10 años no las has aplicado por no necesitarlas, entonces sí, se pierden.

Saludos
 
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