18/Jun/08 18:47
Hace tiempo pensaba que si era adecuado el cambio... y luego que no, después que si...
Ahora definitivamente que NO.
Los comprobantes tienen una vigencia y solo sirven dentro de su vigencia.
Si el comprobante se emitió sin vigencia, ya nada puede remediarlo algo.
Así tan estrictamente se pide que se aplique el criterio de conformidad con en el Art. 5 CFF.
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¿Solo que te realicen recibos vigencia retroactiva a la fecha en que no procedieron los primeros recibos?
Si el cliente exige sus comprobantes con vigencia, no debió haberlos cubierto, así de simple. El también tuvo parte de la responsabilidad en cuanto a sus deducciones.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?