12/Jun/08 11:45
hola buenos dias
si yo tengo una perdida de ejerc ants pendiente de aplicar actualizada al 31/12/2007
pero en los pagos provisionales de enero a abril del 2008 no se aplico,puedo empezar aplicarlo en mayo 2008???
gracias.
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marifer
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12/Jun/08 12:07
[quote:5a76a578e2="marifer"]hola buenos dias
si yo tengo una perdida de ejerc ants pendiente de aplicar actualizada al 31/12/2007
pero en los pagos provisionales de enero a abril del 2008 no se aplico,puedo empezar aplicarlo en mayo 2008???
gracias.[/quote:5a76a578e2]
SI
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vabdo
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12/Jun/08 12:23
Re: perdida de ejerc ants
gracias vabdo
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marifer
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12/Jun/08 12:30
Re: perdida de ejerc ants
Si si puedes utilizarla, solo ten presente que si en un ejercicio fiscal no la utilzastes pudiendo haberlo hecho....pierdes el derecho de utilizarlas en otro ejercicio fiscal...
Saludos
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lcruizuscanga
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12/Jun/08 12:51
Re: perdida de ejerc ants
ok lcruizuscanga, gracias
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marifer
Capitán Segundo
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12/Jun/08 13:10
Re: perdida de ejerc ants
Hola marifer:
Mientras el ejercicio no termine, la opción de aplicarse sigue vigente de amortizarse la pérdida fiscal actualizada.
Si por algún pago provisional no se aplica, prosigue el derecho en los subsecuentes pagos provisionales o en su defecto en la declaración anual.
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Cuando se deja aplicar alguna pérdida fiscal se pierde el derecho hacia el futuro. No así, mendiante declaraciones complmentarias, por los ejercicios en que procederían aplicarse.
Pero cada vez que se realiza una declaración complementaria, se provoca a que se reincie el período de caducidad, que viene siendo el derecho de ejercer las facultades de verificación de obligaciones fiscales por parte de la SHCP, que sería por 5 años.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
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enrique9727
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12/Jun/08 13:14
Re: perdida de ejerc ants
entonces enrique puedo presentar dec prov compl aplicando la perdida que le corresponda y el saldo que pague de isr manifestarlo como saldo a favor para posteriormente solictarlo como devolucion o compensacion?
Buen dia.
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marifer
Capitán Segundo
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12/Jun/08 13:34
Re: perdida de ejerc ants
[quote:ecef4bfb39="marifer"]entonces enrique puedo presentar dec prov compl aplicando la perdida que le corresponda y el saldo que pague de isr manifestarlo como saldo a favor para posteriormente solictarlo como devolucion o compensacion?[/quote:ecef4bfb39]
Claro que SI, marifer
Sugiero leer los siguientes artículos, con relación a mi anterior comentario:
31 y 32 CFF
y Del 61 al 63 LISR
Además de darle una lectura al artículo 23 CFF, para el reclamo de saldos a favor correspondientes.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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12/Jun/08 13:40
Re: perdida de ejerc ants
[quote:7eed2c64de="marifer"]entonces enrique puedo presentar[color=BLUE:7eed2c64de] dec prov compl[/color:7eed2c64de][/b:7eed2c64de][color=RED:7eed2c64de][b:7eed2c64de]RECUERDA QUE EL ISR ES DE CARACTER ANUAL, Y ES HASTA QUE PRESENTAS LA ANUAL CUANDO DETERMINAS SALDO A FAVOR O PAGO DE LO INDEBIDO Y ES CUANDO LO PUEDES PEDIR EN DEVOLUCION O COMPENSACION[/color:7eed2c64de] aplicando la perdida que le corresponda y el saldo que pague de isr manifestarlo como saldo a favor para posteriormente solictarlo como devolucion o compensacion?[/quote:7eed2c64de]
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lcruizuscanga
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