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02/Feb/21 09:08
Re: incapacidad
Hola buenas tardes:
Existen diversos tipos de incapacidades por enfermedad:
a) GENERAL (cuando se trata de una enfermedad común) (arts. 170, fracc. V, LFT; 102, fracc. I y 103, segundo párrafo, LSS).
b) POR MATERNIDAD (cuando se trata del nacimiento de una criatura) (art. 170, fraccs. II y V, LFT, 101 de la LSS y
c) POR RIESGO DE TRABAJO PROFESIONAL (cuando la enfermedad es proveniente por el desempeños de la actividad laboral) (arts. 58, fracc. I, 98 y 101, LSS).
... a partir de cuado se tiene derecho de cobrar una incapacidad por enfermedad si es un eventual de de la contruccion...
Contado con la “copia - asegurado” del certificado único de incapacidad, tan solo lleva este documento acompañado de su persona y su identificación oficial ante cualquier institución bancaria, cobraría la indemnización correspondiente.
Saludos
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad