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04/Jun/08 11:40
pago de utilidades en dos partes

buen dia

una empresa pago las utilidades 2007 a los empleados en dos partes iguales

una en mayo y la otra en junio 2008


para disminuirlas de los pagos provisionales de isr, como se puede hacer?
 
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ROLLET
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06/Jun/08 11:19
Re: pago de utilidades en dos partes

buen dia foristas


a nadie se le ha presentado un caso similar?
 
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ROLLET
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06/Jun/08 12:23

Se utiliza conforme sea pagado
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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06/Jun/08 13:48
Re: pago de utilidades en dos partes

En la LISR ni en su reglamento, por mi parte he leido algo al respecto.

El art 31 se indica que los pagos por contribuciones deben ser PROPORCIONALES. Entonces por lo tanto, debe incluirse ese efecto de la PTU dentro del calculo conferido en 14 LISR

Existen decretos en el pasado otorgandose ese tipo PROPORCIONALIDADES, y tal como lo indica Vabdo se aplicaria conforme a lo que corresponda ser pagado (pero antes de ISR retenido)

Asi como hay un efecto para la acumulacion del inventario 2004, para quienes decidieron diferir la acumulacion de esos inventarios.

Asi tambien debe existir algo para la PTU, pero como deduccion de la base de pagos provisionales del 14 LISR.

Tambien algo parecido se realiza para eliminar el efecto de la Deduccion inmediata en la depreciacion fiscal, solo que este efecto si esta regulado en ley.

Creo que facilidades administrativas existeria algo al respecto. Pero no hay necesidad de apegarse a una facilidad, me refiero si es que la facilidad exige obligaciones adicionales a la de la LISR. Pero ese procedimiento encomendado, debe ser aplicable sin obligaciones adicionales con base al art 31 CPUEM
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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06/Jun/08 17:59
Re: pago de utilidades en dos partes

[quote:7c46841df1="enrique9727"]En la LISR ni en su reglamento, por mi parte he leido algo al respecto.

El art 31 se indica que los pagos por contribuciones deben ser PROPORCIONALES. Entonces por lo tanto, debe incluirse ese efecto de la PTU dentro del calculo conferido en 14 LISR

Existen decretos en el pasado otorgandose ese tipo PROPORCIONALIDADES, y tal como lo indica Vabdo se aplicaria conforme a lo que corresponda ser pagado (pero antes de ISR retenido)

Asi como hay un efecto para la acumulacion del inventario 2004, para quienes decidieron diferir la acumulacion de esos inventarios.

Asi tambien debe exist[size=24:7c46841df1][color=red:7c46841df1][u:7c46841df1]i[/b:7c46841df1][/u:7c46841df1][/color:7c46841df1][/size:7c46841df1]r algo para la PTU, pero como deduccion de la base de pagos provisionales del 14 LISR.

Tambien algo parecido se realiza para eliminar el efecto de la Deduccion inmediata en la depreciacion fiscal, solo que este efecto si esta regulado en ley.

Creo que facilidades administrativas exist[size=18:7c46841df1][color=red:7c46841df1][u:7c46841df1][b:7c46841df1]e[/u:7c46841df1][/color:7c46841df1][/size:7c46841df1]ria algo al respecto. Pero no hay necesidad de apegarse a una facilidad, me refiero si es que la facilidad exige obligaciones adicionales a la de la LISR. Pero ese procedimiento encomendado, debe ser aplicable sin obligaciones adicionales con base al art 31 CPUEM[/quote:7c46841df1]

hola enrique, ...cero y van dos......se que no es la esencia del topico.....tambien ASEGURO QUE ERES MUY BUEN PARTICIPANTE (eres humano y la riegas ) como todos, pero te esfuerzas cada dia en mejorar.......por ello es la segunda vez que me voy a permitir corregirte, porque se ve espantoso que un PROFESIONAL COMO TU se exprese asi.......

solamente van a ser tres veces..........si por si solo no deseas RECONOCER que conjugas" mal, eso la vida te lo cobrara ( ya te lo esta cobrando, ya me di cuenta de ese pequeño error, y te aseguro que todo el foro, ...y mas te aseguro que si asi lo pronuncias ante tus clientes, no dudes y digan "mira ese.....y tan ch que se siente, y no sabe ni hablar"......o ses, tambien ya se dieron cuenta........en fin, te repito, ......una mas y "te dejo en paz, y repito, ERES MUY PROFESIONAL, me meto pq soy muy franco, y me gusta que me DIGAN MIS ERRORES PARA CORREGIRLOS

estoy abierto a las criticas y correcciones , DICHAS DE BUENA MANERA, SIN OFENSAS, como creo que jamas te he ofendido

saludos y un abrazo cordial
 
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lobozac
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06/Jun/08 18:13
Re: pago de utilidades en dos partes

¿?... sin comentarios, creo que estos temas no deberian ser publicos para eso esta el correo

saludos
 
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fiscalcorp
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06/Jun/08 18:25

gracias por tu comentario fiscalcorp......esperemos el idem de enrique , si el considera que se haga a nivel privado , asi se hará.....tambien, si el desea que no se haga mas comentario sobre su forma incorrecta de conjugacion...se respetará


saludos
 
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lobozac
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06/Jun/08 18:35
Re: pago de utilidades en dos partes

Bueno creo que todo tipo de critica mientras sea constructiva no tiene porque generar inconveniente alguno....lo que si es que tal vez no sea el medio adecuado para hacerlo saber....

En lo personal tengo que reconocer que el estimado lobozac en una ocasion tambien me hizo una observacion al respecto...que fue atraves de un MP, muy cierto, pero mas alla de incomodarme o hacerme sentir mal...dije...que bueno que alguien tuvo el VALOR de decirme en que la estaba REGANDO (por no decidir popocatepetl)....

Asi que lo unico que talvez...este en tela de juicio sea el medio y la forma....
 
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lcruizuscanga
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06/Jun/08 18:49

MI ESTIMADO lcruizuscanga, fijate que sigo AFIRMANDO que cada dia se aprende algo nuevo..........pq el comentario ?.......la casi totalidad de mis maestros ahora en mi nueva carrera, NOS CORRIGEN siempre EN PUBLICO, ANTE 30 O 40 PERSONAS, cual es su fundamento?....que si una gran mayoria de idem, ESCUCHA LA CORRECCION.......JAMAS COMETERA ESE ERROR .......sin embargo, si lo hacen en privado, ......MUCHAS DE ELLAS -QUE TOOOOOODO LO QUE ESCUCHAN LO CREEN-, se quedaran con la creencia que solo pq lo dijo tal o cual "vaca sagrada" , ya es VERDAD ABSOLUTA",....Y SEGUIRAN REGANDO a sus oyentes esa informacion erronea.........SOLO PQ NADIE TUVO EL VALOR DE HACER VER LOS ERRORES...

pero repito, si el gran compañero enrique PREFIERE que ya no se le hagan las correcciones pertinentes en aras de su CRECIMIENTO , lo tomare en cuenta y no se volvera a dar comentarios de este tipo

sigo estando a su merced para cualquier critica

saludos
 
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lobozac
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09/Jun/08 17:06
Re: pago de utilidades en dos partes

Le diste en el clavo Lobozac, es cuestión de preferencias de Enrique y de todos en el foro, ya que creo que todos entramos al foro para ver temas que nos parecen interesantes, buscando o brindando ayuda en lo posible, en mi caso procuro entrar a diario por la mañana (antes del trabajo) y por la tarde (a media tarde o despues de horas de trabajo) unos 10 minutos (no por falta de interes, sino por falta de tiempo por las labores diarias), muchas veces por lo mismo del tiempo tecleamos rápido y cometemos "horrores" que no cometemos al emitir informes a Dirección o en otros casos al hablar con los clientes, y como en este caso la duda principal de la PTU se deja un poco a un lado (como lo estoy haciendo con con el presente comentario, jaja)

Pero bueno que opinen el compañero Enrique y los foristas.

saludos a todos
 
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fiscalcorp
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