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27/May/08 16:34
Deducción de los pagos de gasolina o diesel

I.3.4.3. Para los efectos del artículo 31, fracción III, primer párrafo de la Ley del ISR, se entenderá que los pagos realizados por los distribuidores autorizados o las estaciones de servicio a PEMEX Refinación, reúnen los requisitos establecidos en dicho párrafo, aun cuando su monto exceda $2,000.00, siempre que correspondan a la adquisición de gasolina o diesel, así como se depositen en la cuenta o las cuentas que señale para tal efecto PEMEX y estén amparados con documentación que reúna los requisitos que señalan las disposiciones fiscales.


Esto por el famoso acuerdo que llegaron los gasolineros con PEMEX para que no les afecte el Impuesto a los Depositos en Efectivo...
 
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lcruizuscanga
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28/May/08 9:43

Buen punto (interesante para MEM y BR1).

Pero No se como van ha identificar los depositos en efectivo de las gasolineras.
 
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vabdo
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28/May/08 9:47
Re: Deducción de los pagos de gasolina o diesel

Asi es...como le haran para identificarlo....


Esto podria traer mas motivos para amparos.(tanto para IDE como para ISR e IVA)..porque no prevale la igualdad....

haber si alguien que conozca mas de leyes nos comenta algo al respecto


saludos
 
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lcruizuscanga
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