Buen día, ojala me puedan apoyar. La empresa donde laboro tiene personal laborando en sucursales repartidas en toda la republica. Sin embargo realiza el pago de las Cuotas del Seguro Social de manera concentrada. De hecho solo tiene un registro patronal dado de alta en el D.F.
Pero ultimamente algunas adminsitraciones de diferentes estados nos han enviado que de acuerdo al Art. 13 del RLSS debemos darnos de alta en su estado y se respaldan de lo anterior para negarle el servicio al trabajador.
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23/May/08 13:29
Re: DUDA SOBRE AFILIACIONES
El imss no les puede negar la atencion medica al asegurado y mucho menos si el patron cubre sus cuotas respectivas...para estos casos, se maneja lo que es la solicitud de atencion medica de foraneos no recuerdo bien el nombre....pero es un tramite que se realiza en el lugar donde este el patron y con eso lo atienden en cualquier clinica del imss....
Saludos
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L.C. RUIZ
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[quote:1fa0750fe6="FranciscoFong"] La empresa donde laboro tiene personal laborando en sucursales[/b:1fa0750fe6] repartidas en toda la republica. Sin embargo realiza el pago de las Cuotas del Seguro Social de manera concentrada. De hecho solo tiene [b:1fa0750fe6]un registro patronal dado de alta en el D.F.
Pero ultimamente algunas adminsitraciones de diferentes estados nos han enviado que de acuerdo al Art. 13 del RLSS debemos darnos de alta en su estado y se respaldan de lo anterior para negarle el servicio al trabajador. [/quote:1fa0750fe6]
Francisco, temo decirte que al imss le asiste toda la razòn en este caso, debido a que el patron al tener sucursales esta obligado a tener un registro patronal en cada municipio. Posteriormente el patròn puede solicitar el registro patronal unico para seguir con un solo registro patronal; pero primero debe de abrir todos.
No comparto la manera de presionar por parte del imss (dejar sin servicio a los asegurados) pero en esta ocasiòn creo que tienen razòn.
Saludos :P
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
[code:1:766a030b2b]Articulo 13.... Al patrón o sujeto obligado persona moral, se le asignará un número de registro patronal por cada municipio o en el Distrito Federal, en que tenga establecimientos o centro de trabajo, independientemente de que tenga más de uno dentro de un mismo municipio o en el Distrito Federal...[/code:1:766a030b2b]
Lo que pasa es que en la práctica, solicitamos al imss [de la manera más atenta], que "agarre" la onda y que entienda que es incosteable para el patrón, abrir un centro de trabajo en una plaza en la que sólo contamos con representantes de la compañía. En muchos casos, nos ayudan. En otros nop.
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com