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14/May/08 16:51
periodo fiscal

Una pregunta;

Se podra realizar salvo autorizacion de la autoridad fiscal cambiar el periodo fiscal,en lugar de ene a dic sea de Abril a Marzo?

Gracias por su apoyo.
 
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CHEMA
Sargento Primero

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14/May/08 16:58
Re: periodo fiscal

Artículo 11 CFF.- Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calcularán por ejercicios fiscales, éstos coincidirán con el año de calendario. Cuando las personas morales inicien sus actividades con posterioridad al 1 de enero, en dicho año el ejercicio fiscal será irregular, debiendo iniciarse el día en que comiencen actividades y terminarse el 31 de diciembre del año de que se trate.



I. (Se deroga).

II. (Se deroga).


Ejercicio fiscal en liquidación, fusión o escisión
En los casos en que una sociedad entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, siempre que la sociedad escindente desaparezca, el ejercicio fiscal terminará anticipadamente en la fecha en que entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, respectivamente. En el primer caso, se considerará que habrá un ejercicio por todo el tiempo en que la sociedad esté en liquidación.

Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calculen por mes, se entenderá que corresponde al mes de calendario.
 
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CP_PACO
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14/May/08 17:18
Re: periodo fiscal

[quote:a78f205ad7="CHEMA"]Una pregunta;

Se podra realizar salvo autorizacion de la autoridad fiscal cambiar el periodo fiscal,en lugar de ene a dic sea de Abril a Marzo?

Gracias por su apoyo.[/quote:a78f205ad7]

No recuerdo bien desde cuando exactamente que los ejercicio "montados" ya no operan, pero son como desde 1989 ó 1990 aproximadamente.

CP_PACO propone la disposicion apropiada que ya no permitiria ese tipo de ejercicios, pues lo que buscan en ese tiempo, facilitarle la problematica de la simetria fiscal que nacia mucho en ese tiempo.

Se indicaba que una persona acumula y que la otra deduceria, pero para eso deben observar declaraciones y estados financieros terminados en Diciembre, con el fin de entender mejor las averiguaciones impositivas.

Despues de mucho tiempo, se llega a la conclusion que la simetria fiscal en muchos de los casos, es solo una utopia. Pues no se presentan ni en lo mas minimo. Habria muchas ocasiones que la deduccion no es permitida.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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