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09/May/08 17:10
compra de Camioneta importada legalmente

Hola! ooootra duda:

En 2005 una persona importó una camioneta y la legalizó y todo a su nombre. La factura original es americana pues está en copia.
En dic 2007, esta persona se la vende a otra que es PF Act empr Reg Gral. en 45mil. Y sólo le ha entregado copias de TODA la documentación que comprueba la estadía legal en el país del activo.
Digo! no hay una factura que pueda endosarle, pues originalmente es factura americana, pero ni siquiera sé si la original la tenga el importador original.
¿que documentos harían la compra deducible para ISR? ¿un contrato de compra-venta y el cambio de dueño en finanzas del estado? o qué más sería?
De los 45mil pagados, se puede considerar que una parte corresponde a IVA? o cómo lo manejo en ese caso?

Pues para 2008 y para considerarlo en acreditamiento para IETU, primero tiene que cumplir con todo lo que el ISR le pide para ser tomando en cuenta.
 
LCF Erika González 'Yo sólo sé que no sé nada, pero creo saber más que aquel, que ignorando su ignoracia, cree saber más que yo.'
 
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erikaglezriv
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10/May/08 11:56
Re: compra de Camioneta importada legalmente

[quote:32184271cc="erikaglezriv"]Hola! ooootra duda:

En 2005 una persona importó una camioneta y la legalizó y todo a su nombre. La factura original es americana pues está en copia.

[color=green:32184271cc]Esa factura "americana" no sirve como tenencia o propiedad del bien, solo como un documento de antecedentes. El que sirve es el pedimento de importacion original en su poder[/color:32184271cc][/b:32184271cc]

En dic 2007, esta persona se la vende a otra que es PF Act empr Reg Gral. en 45mil. Y sólo le ha entregado copias de TODA la documentación que comprueba la estadía legal en el país del activo.
Digo! no hay una factura que pueda endosarle, pues originalmente es factura americana, pero ni siquiera sé si la original la tenga el importador original.

[b:32184271cc][color=green:32184271cc]¿Y el pedimento original donde quedo?, se dice que ya se NACIONALIZO la troka esa, ya no es EXTRANJERA, fue importada.[/color:32184271cc][/b:32184271cc]

¿que documentos harían la compra deducible para ISR? ¿un contrato de compra-venta y el cambio de dueño en finanzas del estado? o qué más sería?

[b:32184271cc][color=green:32184271cc]Para deducirse en ISR, se requiere factura del IMPORTADOR o que el PEDIMENTO SE ENCUENTRE A NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE QUE LA DEDUCERIA.[/color:32184271cc][/b:32184271cc]

De los 45mil pagados, se puede considerar que una parte corresponde a IVA? o cómo lo manejo en ese caso?

[b:32184271cc][color=green:32184271cc]El IVA del pedimento se acreditaria, si esta a su nombre o el de la factura en donde se plasme que enajena el bien al comprador.

¿Ya comprendió completamente?
Que el IVA trasladado EXPRESAMENTE AL CONTRIBUYENTE en favor a su RFC, es el que acreditaria cuando lo pague[/color:32184271cc]

Pues para 2008 y para considerarlo en acreditamiento para IETU, primero tiene que cumplir con todo lo que el ISR le pide para ser tomando en cuenta.[/quote:32184271cc]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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12/May/08 10:38
Re: compra de Camioneta importada legalmente

lo que sirve de comprobante es el pedimento, no la factura.
Para IETU no jala pues no es un bien nuevo
Saludos
 
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cermar
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12/May/08 10:42
Re: compra de Camioneta importada legalmente

No tiene que ser nuevos los activos fijos para deducirse en IETU, adquiridos de Enero 2008 en adelante.


Solo para las deducciones adicionales por activos fijos adquiridos de Sep-Dic 2007. Aqui si deben ser nuevos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/May/08 9:36

[quote:26b3401255="enrique9727"]No tiene que ser nuevos los activos fijos para deducirse en IETU, adquiridos de Enero 2008 en adelante.


Solo para las deducciones adicionales por activos fijos adquiridos de Sep-Dic 2007. Aqui si deben ser nuevos.[/quote:26b3401255]Buena aclaracion. y puntualizacion.

Por lo demas, Creo que quedo claro, para deducirlo necesita el pedimento, con los datos del comprador. (la persona que lo deducira)
 
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vabdo
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