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30/Abr/08 12:00
Riesgo de Trabajo perdida de falanges

Buenos dias foristas haber si me pueden dar su opinion al respecto

Un trabajador perdio 1 falange en el dedo por tratar de darle una mejor atencion decidimos llevar al trabajador a que se atendiera en particular, el problema aqui es que un tio de dicho empelado le dice que lo tienen que indemnizar yo se aqui que lo correcto es haber acudido al imss y que ellos se hicieran cargo pero en este caso que procederia yo prefiero pagarle la indeminzacion para asi evitar problemas.

Segun estoy leyendo la LFT veo que hay un pocentaje pero no se cual es la cantidad a la cual le voy aplicar el porcentaje no se si alguien me podria ayudar.

Gracias por sus comentarios

Saludos :!:
 
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JavierMtz
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30/Abr/08 12:26

Es preferible que lo lleven al IMSS, y que ellos se encarguen del problema.
No sabes si pueda traer secuelas o consecuencias.

La indemnizacion parcial permanente se la dan en el IMSS
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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30/Abr/08 14:46

La fórmula para determinar el monto de la indemnización es:

Salario base de cotización * 70% * %falange

el resultado anterior lo elevas a 5 anualidades.

Para saber cuánto es el % del falange checa el artículo 514 LFT.

Lo mejor es que sigas la recomendación de vabdo
 
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30/Abr/08 16:53

Muchas gracias por sus respuestas pero si ya tiene mas de 1 mes que sufrio el accidente todavia puedo presentarse al seguro social no me generaria problemas a mi como patron?

Saludos
 
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JavierMtz
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30/Abr/08 22:41
Re: Riesgo de Trabajo perdida de falanges

:| Buenas noches. El imss SI pude dar incapacidades retroactivas. Déjeme consulto si hay alguna restricción en cuanto al tiempo, x lo del mes que comenta usted.

Salutes,
El Lic.
 
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pepesoto
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02/May/08 9:54
Re: Riesgo de Trabajo perdida de falanges

Gracias LIC esperemos haber que le informan.

Saludos
 
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JavierMtz
Soldado

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02/May/08 11:49

Reglamento de Prestaciones Medicas
Artículo 23. En los casos en que por cuenta del patrón o del trabajador se otorgue la atención médica en [color=red:7b3b932698]servicios médicos ajenos al Instituto[/color:7b3b932698], el patrón está obligado a informar a éste del probable riesgo de trabajo y
la atención otorgada para que los servicios institucionales de salud en el trabajo realicen la calificación correspondiente.

Artículo 24. Si el patrón se niega a dar aviso o reconocer el probable riesgo de trabajo, el trabajador podrá informar dicha situación al Instituto, el que procederá a ejercitar sus facultades en los términos del artículo 251 de la Ley.
 
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Teniente Coronel

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02/May/08 17:58
Re: Riesgo de Trabajo perdida de falanges

La opcion vertida por vabdo, es la mas valida, debido a que el patron, se delinde de responsabilidades por cuestiones de riesgo de trabajo, debe priimero inscribir a su trabajador, segundo pagar las cuotas obrero patronales y tercero informar los incidentes por siniestros o accidentes.

El no hacerlo, el IMSS podria intepretar que no fue un accidente de trabajo, ni el trabajador lo reporto. (Mal por ambos)[/b:fc1f175372]

Aqui lo mas sencillo era ir con el IMSS, [b:fc1f175372][color=red:fc1f175372]pero ¿por qué no ir con el IMSS?[/color:fc1f175372][/b:fc1f175372], pues para eso se paga IMSS, para que responda por el patron, ante estas eventualidades. Y asi libera en una gran parte de las indemnizaciones que estaria obligado el patron, segun la LFT, pues ahora el IMSS, es quien responde.

Claro que el IMSS, responderia pero tiene sus reglas para responder y no las pone el IMSS, si no estan establecidas en la LSS, emitida por diputados y senadores. El IMSS se encarga de cumplir con obligaciones patronales e imponer sanciones si los contribuyentes no cumple con los pagos correspondientes.

Si despues lo llevan con el particular, pues llevese. Pero cuando hay consecuencias serias EVITAR EL IMSS, NO ES NADA RECOMENDABLE.

Si el IMSS no responde.... EL PATRON SIGUE OBLIGADO DE INDEMNIZAR AL TRABAJADOR. Peor tantito, si el trabajador corre a solicitar su indemnizacion al IMSS podria haber sanciones por no reportar un accidente.

Y no estamos metiendo a las autoridades del trabajo todavia.

¿Preguntele al patron, entonces porque paga las cuotas del IMSS? por que se me hace que todavia no esta muy conciente de eso.

PD

[b:fc1f175372][color=red:fc1f175372]Lo editado[/color:fc1f175372]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/May/08 18:13
Re: Riesgo de Trabajo perdida de falanges

LO MAS CONVENIENTE ES ACUDIR AL IMSS.. YA QUE AL TRABAJADOR LO INDEMNIZARAN Y TENDRA UNA PENSION POR LA PERDIDA DE LA FALANGE EN LOS % ESTABLECIDOS EN LA LFT

POR OTRO LADO EL TRABAJADOR PUEDE NECESITAR TERAPIA PARA SU REHABILITACION O SI DIOS NO LOQUIERE TUVIESE UNA RECAIDA....ES CUESTION DE ANALIZAR LOS PORMENORES Y COSTOS DE DICHA SITUACION

PORQUE SI BIEN AUNQUE LE PAGUEN LOS GASTOS AL TRABAJADOR ESTE PUEDE ACUDIR AL IMSS Y MANIFESTAR QUE EL PATRON ASI LO DECIDIO PARA QUE NO LE AUMENTE LA PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO....YA VE COMO SON DE ASTUTOS LOS TRABAJADORES

LO MEJOR ES ACERCARSE AL IMSS O A ALGUN ABOGADO QUE LO ASESORE.

SALUDOS
 
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lcruizuscanga
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03/May/08 8:16
Re: Riesgo de Trabajo perdida de falanges

:| Buenos dias. Revisando el reglamento de servicios medicos, encuentro que se permiten expedir incapacidades retroactivas hasta x dos dias anteriores a la fecha en que se solicita su expedicion. Mi recomendacion es que presenten todo el expediente clinico del trabajador, direcamente ante el director de la UMF que le corresponda al trabajador, para que le sea otorgada la incapacidad y de ahi lo demás.

El Lic.
 
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pepesoto
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