28/Abr/08 13:35
Re: Fondo de Ahorro
[quote:38a47f5344="Danilo11"]Hola compañeros foristas:
Estoy realizando un analisis sobre Fondo de Ahorro en Mi Empresa.
Se otorga este beneficio pero sin ningun tope es decir Salario Diario x 13%, en algunos casos se le retiene hasta 2,500.00 de FA x semana.
Mi duda es que si [color=green:38a47f5344]puedo retenerle ISR a aquellas personas que revasen el tope de 1.3 SMG anual.[/color:38a47f5344][/b:38a47f5344]
[b:38a47f5344][color=blue:38a47f5344]Debo hacerlo en la Nomina semanal o en la liquidacion del FA?[/color:38a47f5344][/b:38a47f5344]
Me pueden orientar?[/quote:38a47f5344]
[color=green:38a47f5344][b:38a47f5344]Que lo impide. Mas bien es una obligacion no comprendida que superando el 13%, deba ser integrable para retenciones. La pregunta sale sobrando con los antecedentes que ya se comenta.[/b:38a47f5344][/color:38a47f5344]
[b:38a47f5344][color=blue:38a47f5344]Cada vez que se exceda en cada pago, cuando se otorgue esta remuneracion.[/color:38a47f5344]
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?