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19/Abr/08 13:43
FACTORAJE FINANCIERO

¿Cuál es el tratamiento fiscal para el factoraje financiero para una empresa del regimen simplificado? La duda consiste en que las empresas del regimen simplificado declaran sus ingresos hasta que sean cobrados, de tal manera que al momento de recibir el dinero producto de las facturadas endosadas ¿ debo de considerarlo como ingreso o como un prestamo? ; Si se considera como ingreso no habria simetria fiscal con mi cliente y en una compulsa o confimacion de saldos habria muchas diferencias, pero por otra parte si se conderia como prestamo voy a declarar hasta que la empresa de factoraje me notifique que cobró esas facturas lo cual rompe con el esquema de declarar en base al flujo de efectivo.

Muchas garcias por su ayuda!!
 
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alanis
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21/Abr/08 12:03

Te comento que tuve la misma duda, y en consulta en el SAT, la respuesta fue muy simple.

Se considera ingreso al momento de ser cobrado, (Esto es no importa, cuando lo declare el cliente) y en cuanto los intereses, se consideran como gastos deducibles para ISR.

Ya busque en mis correos recibidos, y no encuentro esta respuesta (la debi haber borrado).
Esta consulta fue hace + o - un año
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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21/Abr/08 12:35

La simetria fiscal no sirve practicamente para justificar juridicamente o para dejar alguna justificacion razonablemente sustentable para dejar o intentar aplicar algun procedimiento o criterio.

Esa simetria solamente seria para fines de entendimiento que algunas situaciones se daria y en otras simplemente no. De como operaria la recaudacion para el FISCO. Pero para ayudar o pera perjudicar al contribuyente, simplemente no seria trascedental o de manera determinante.

Cada contribuyente tiene sus propias reglas de acumulacion y tributacion. Y por el este hecho, no cabe para nada la simetria fiscal.

Existen infinidad de situaciones que la simetria no operaria, solo que no se pone la atencion debida o se consideraria como algo aislado

Cuando uno empieza a estudiar los impuestos y en ocasiones se lleva algo de estudios avanzados, todavia se defiende este criterio de la simetria fiscal, pero definitivamente siempre se encuentra en aire, pero nos ilusiamos que estaria muy firme, siendo que no hay algun articulo o norma fiscal que le finque una señalizacion o indicacion al respecto.

Sugiero que si toma algun criterio, con la intermediacion de la simetria fiscal, pues que no se considere muy enserio, seria mucho mejor buscar otra situacion con mayor peso.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Abr/08 16:02
Re: FACTORAJE FINANCIERO

Ante que nada, muchas gracias por sus respuestas.

Vaddo, si encuentras ese e-mail te lo agraderia mucho me lo reenviaras.

Enrique en cuanto a la simetria fiscal te doy totalmente la razon a lo que mencionas, pero si encuentras algun procedimiento de como podria registar fiscalemente esta operacion pero fundamentado en algun criterio nortamitivo sat , consulta del sat que tengas, regla miscelnea, jurisprudencia, etc, te lo agradeceria mucho , ya que como contador siempre me procuro tener el fundamento del por que estoy haciendo o dejando de hacer algo.

Nuevamente muchas gracias!
 
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alanis
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