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04/Abr/08 18:29
IVA ACREDITABLE DE ADQ. DE AUTO POR FTO.

Me pueden dar su punto de vista respecto a lo sig:
Un contribuyente, paga un anticipo para la adq. de un auto ($ 40,000), por el restante ($ 83,500), firma un contrato con la agencia, en la q estipula q a la firma del mismo, se entendera como pagado el saldo pendiente, asu vez esta se financia con otra persona moral del mismo grupo, quien es la q realiza el pago a la agencia. El contribuyente decide acreditar el IVA total por dicha adq. y resulta un saldo a favor, mismo q ocupa para compensar adeudos ante el SAT, esta asu vez requiere informacion y al presentarla, rechaza la contestacion , argumentando q uno de los requisito para q el IVA se acreditable, esq este efectivamente pagado, es decir q halla salido el importe correspondiente de la cta. bancaria del contribuyente (argumentando la fraccion III del art 5 de la LIVA.

Me pueden dar su punto de vista... Gracias
 
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QUIRRI
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04/Abr/08 18:39
Re: IVA ACREDITABLE DE ADQ. DE AUTO POR FTO.

El interes del acreedor por la venta del auto ya esta mas que satisfecho, pues a pesar de que pago otra pm, pago la factura, por otro lado, la pm que adquirio el auto puede acreditar el iva, pues aquien le debe ahora es a la otra pm o no a la agencia que le vendio el automovil.

Saludos
 
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04/Abr/08 18:39

Hola:

Lo que pasa es que no se le proporcionó a la SHCP, la documentacion comprobatoria que fue cubierta a entera satisfacion de la empresa que emite la factura.

Ni tampoco se indico bajo que fundamentaciones, se aplicarian el criterio. Ni como se procedio a ser liquidado el bien, que ustedes deben estar liquidado ese pasivo financiado a un tercero de tal manera que se muestre en algun acuerdo por escrito.

Ahora seguramente indicaron los ds la SHCP que el tramite como desistido por falta de pruebas.

Considero que debe de tramitarse de nuevo y aportar la pruebas documentales y las fundamentaciones legales correspodientes
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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04/Abr/08 18:41
Re: IVA ACREDITABLE DE ADQ. DE AUTO POR FTO.

O la otra no era cierto que era un prestamo y que hay una operacion de arrendamiento financiero de por medio.

En cuyo caso, tienen razon los de la SHCP

El IVA procede acreditarse conforme se va liquidando el pasivo correspondiente
 
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enrique9727
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04/Abr/08 18:57

El contribuyente P.Fisica, contesto el requerimiento, anexando copia de la factura, Contrato celebrado con la agencia, pagare celebrado con el tercero, q muestra el prestamo correspondiente, asi como escrito describiendo y argumentando q de acuerdo al art. 1"B" de la Ley del IVA, se encuentra satisfecho el interes del acreedor, toda vez q el IVA, ya se le pago a la Agencia, pero la Autoridad no se da por satisfecha !
 
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QUIRRI
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04/Abr/08 19:04
Re: IVA ACREDITABLE DE ADQ. DE AUTO POR FTO.

En una ocasion me toco un caso igual, y creeme que fue bastante dificil hacer que la autoridad comprendiera que el interese del acreedor estaba satisfecho....no se pero los del SAT son unos CUADRADOS...le dan un manual o una instruccion y de ahi no salen....

En todo caso sigue insisitiendo en tu argumentacion y si no hay medios para hacer valer tus derechos.

Saludos.
 
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lcruizuscanga
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05/Abr/08 1:46
Re: IVA ACREDITABLE DE ADQ. DE AUTO POR FTO.

Si no se obtiene un resultado del tramite debe exigirse la negacion del tramite de la devolucion por escrito, con el fin de proseguir a una instancia mayor su recuperacion.

Pero cuidado el desistimiento no sirve de nada. El desistimiento es la negacion del tramite mismo, no la negacion de que no procede la devolucion, pues te estarian indicando que no se aporta la documentacion requerida, por tal motivo se cancelaria el tramite.

La autoridad debe asentar su sentir de manera fundada, que de hecho lo realizaran, mal o bien. Luego de ese paso se aplicaria el recurso de revocacion o el juicio de nulidad. Pero si se convence a la autoridad que esta medio dificil, tal vez por que a producto de gallina, tal vez buscarian beneficios alternos.
 
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enrique9727
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