No solo hay que hacer esa aclaración... conviene saber si el socio es trabajador, si existe un plan de previsión social que contemple la prestación... up's me parece que ya queda claro que puede ser, no digo que sea, pero que puede llegar a ser...
Re: Prima de Gastos Medicos mayores a un socio de la PM
Pues estos tipos de gastos quedarian como expuestos a no deban ser incluidos para las deducciones del IETU
Pues la ley buscaria que se incluyan erogaciones que tengan que ver con la cadena productiva de la realizacion de las actividades por la cuales se gravaria el impuesto. Y en caso de que sea parte de esa cadena, en caso de ser para personal subordinado, pues debe haber el respectivo pago del ISR, como una partida salarial con el fin de ser subsceptible a ser acreditable mediante un credito fiscal.
Ya sea como accionistas o como subordinado, es dificil fundamentar un gasto como este seria estrictamente indispensable para la cadena productiva, pero salvando esto, ahora ¿seria apropiado retener el ISR correspondiente?
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?