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01/Abr/08 13:43
Lineamientos y consideraciones para sorteos

Qué tal, buenas tardes.

Un contribuyente PM, realizará sorteos en conjunto con un proveedor, por lo que entre ambos adquirirán un automovil para sortearse entre los clientes de la PM.

¿Cuales son las consideraciones que se deben tener para cumplir con la deducibilidad de dicha erogacion?, la duda me surge, debido a que no sera solo la PM la que adquiera y sortee dicho automovil....asi mismo, si bien recuerdo, hubo algunas reformas a la LIEPS y se regulo algo al respecto ¿o fue otra Ley la que se reformo respecto a sorteos?

Agradezco sus comentarios....
 
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BR1
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01/Abr/08 15:24
Re: Lineamientos y consideraciones para sorteos

No se que tenga que ver la LIESP con ese automovil.

Lo que sé que se reformo, fue que para el ISR relacionado a premios de sorteo, anteriormente se aplicaba una tasa mayor.

Para esa deducibilidad del automovil supongo que debe realizarse una promocion ante la SHCP, posiblemente se exija que se inscriban en la Secretaria de Gobernacion, la cual exija el empleo de un notario.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Abr/08 16:35
Re: Lineamientos y consideraciones para sorteos

pues habria que checar el articulo 18 y el 2 de la LIEPS
 
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lcruizuscanga
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01/Abr/08 19:29
Re: Lineamientos y consideraciones para sorteos

El departamento de ventas me dice al respecto:

"No sería rifa ni sorteo ya que así estaríamos involucrando permiso de gobernación que nos cuesta +- el 30% del premio pero si sería una mecánica de habilidad y destreza que en estos casos no se necesita permiso y no cuesta nada sólo si debemos de buscar un oficio informando la promoción ante gobierno"

Claro esta, la persona que me lo señala proviene de una empresa a nivel nacional que manejaba dicha mecanica....¿será posible que no sea rifa ni sorteo y que no se pague impuesto por el premio?...
 
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BR1
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01/Abr/08 19:59

el articulo 2 fraccion II inciso b) marca entre otras juegos, sorteos o por la destreza del participante...(habilidad)

habria que ver que marca la Ley federal de juego y sorteos sobre el concepto de habilidad y destreza, por aquello de que siempre si necesiten permiso de la segob...
 
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lcruizuscanga
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02/Abr/08 10:34
Re: Lineamientos y consideraciones para sorteos

Si de por sí, ya se estaria realizándose un acto medio no muy común, entregar un premio, y entonces cómo se probaría por parte del contribuyente lo siguiente:

1.- Que es indispensable la erogación.

2.- De que sea un operación real y genuina, de que no se entregaría por dedazo. Ya ven que es medio difícil que se preste a esta situación.

Pues hasta por partida triple pareciera que se vería afectado el herario público. Se realizaría la deducción, no se pagarían las contribuciones relativas por el otorgamiento del premio y aparte pareciera que fuese un desvío de utilidades medio premeditada. Realizo la aclaracion, que todo lo anterior es presuntivo. No que se realizaria o se efectua de manera categóricamente.
 
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enrique9727
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02/Abr/08 12:01
Re: Lineamientos y consideraciones para sorteos

Les pedí mas información, debido a que quiero evitar caer en las "prisas", y tener el tiempo necesario para analizar bien el tema... pero me dicen que esta se planea implementar apartir de Junio, que por esas fechas me avisan.....los voy a dejar para despues decirles "el impto. causado es $XXXXX.XX" y se pongan frios.. ¿por qué?, simple "las cosas se analizan con tiempo y no apresuradamente".....

Gracias por sus comentarios!!!
 
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BR1
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