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31/Mar/08 11:05
SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

UN SALDO A FAVOR QUE RECUPERE EN EL 2007 , LO DEBO DE JUGAR EN MI CONCILIACION CONTABLE FISCAL COMO UN INGRESO CONTABLE , NO FISCAL?

SALUDOS
 
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kikina
Cabo

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31/Mar/08 16:23
Re: SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

ALGUIEN QUE ME PUEDA AYUDAR CON LA PREGUNTA ANTERIOR ?
 
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kikina
Cabo

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31/Mar/08 16:36
Re: SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

Estas en lo correcto........


Saludos
 
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ArmandoIgnacio
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31/Mar/08 16:53
Re: SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

[quote:2dd252757c="kikina"]UN SALDO A FAVOR QUE RECUPERE EN EL 2007 , LO DEBO DE JUGAR EN MI CONCILIACION CONTABLE FISCAL COMO UN INGRESO CONTABLE , NO FISCAL?

SALUDOS[/quote:2dd252757c]

Yo solo lo considero como ingreso contable, cuando se recupera un impuesto que no ha sido registrado como saldo a favor (por ejemplo el IMPAC)...los demas, como normalmente los registro, solo "cancelo" la entrada del $$$$ Vs la cuenta motivo de la devolucion (saldos a favor de ISR, IVA, etc etc)
 
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BR1
Coronel

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31/Mar/08 17:03
Re: SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

Estas en lo correcto BR1, los saldos a favor se registran como una cuenta por cobrar hasta antes de su recuperación. Una vez que la autoridad nos deposita el dinero, se cancela la cuenta por cobrar y la actualización se contabilidad como otros ingresos.

Para efectos fiscales, los saldos a favor los juegas dentro del ajuste anual por inflación como credito; y la actualización de imptos la juegas como un ingreso contable no fiscal.

Saludos
 
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ArmandoIgnacio
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01/Abr/08 9:13
Re: SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

La devolucion de impuestos no se considera un ingreso acumulable siguiendo la simetrìa fiscal de que el pago de impuestos no se considera como un gasto deducible.
 
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CP_PACO
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01/Abr/08 10:16
Re: SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

UN SALDO A FAVOR QUE RECUPERE EN EL 2007 , LO DEBO DE JUGAR EN MI CONCILIACION CONTABLE FISCAL COMO UN INGRESO CONTABLE , NO FISCAL?

SALUDOS

¿Un ingreso contable? de donde a pa'ca es un ingreso contable...

Cuando se gira un prestamo y es restituido ¿es un ingreso?

Cuando se gira un cheque por comprobar, se comprueba parcialmente y se restituye el remanente. ¿Este remanente es un ingreso, pues fue depositado?

Ese saldo a favor, representa que se pagaron impuestos de mas, es una cuenta por cobrar, el deposito se cargaria a bancos, el credito jamas debe ir a una cuenta de ingresos, solo debe abonarse a la cuenta por cobrar o reperar ese saldo a favor.

Por otra parte, para efectos fiscales. No cambia en nada el tratamiento. Tampoco es un ingreso. Pero de serlo, ¿podria alguien proporcionar el fundamento al respecto? En mi opinion tampoco es un ingreso fiscal, ni sus accesorios.

Por el criterio de la simetria fiscal solo lo aplicaria como una simple conjetura muy endeble, pues existen muchisimas situaciones en donde la simetria no opera. Se basaria en que una parte acumularia y la contraparte tambien o viceversa. ¿A contrario sensu tambien? Pues si no hay fundamentacion legal de la simetria fiscal de manera contundente, se me hace que a contrario sensu, seria peor la situacion. Mas sin embargo, como una hipotesis para el entendimiento, puede ser un simple punto de vista de partida.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Abr/08 11:54
Re: SALDOS A FAVOR DE IMPUESTOS

Coincido con Enrique9727 en que de ninguna manera se registra como ingreso, ahora bien si en lugar de devolución compenso el saldo a favor, la actualización es considerada ingreso fiscal? (porque contable no hay duda).

"Artículo 9o LISR. Para los efectos de esta Ley, se consideran intereses, cualquiera que sea el nombre con que se les designe, a los rendimientos de créditos de cualquier clase..........
[u:016c4111c0]Cuando los créditos, deudas, operaciones o el importe de los pagos de los contratos de arrendamiento financiero, [color=red:016c4111c0]se ajusten mediante la aplicación de índices, factores o de cualquier otra forma,[/color:016c4111c0] inclusive mediante el uso de unidades de inversión, se considerará el ajuste como parte del interés[/u:016c4111c0]
 
'Tanto si piensas que puedes, como que no puedes, estas en lo cierto'
 
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CP_JAAC
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