26/Mar/08 14:46
IMPUESTOS EN CASO DE EXPROPIACIÓN?? PROCEDIMIENTO PARA DETER
Haber quien puede darme su opinión en relación al siguiente problema de la vida real:
Estoy propuesto como liquidador de una Persona moral, pero me he
dado cuenta que algo esta mal, y quisiera confirmar algunas cosas, de acuerdo a los siguientes:
H E C H O S.
Hace algunos años el gobierno, emitio decreto para expropiar
un inmueble (edificio y terreno), que forma parte del activo de la
empresa persona moral.
Lógicamente se acudió al amparo, pero los intereses políticos
obtruyen el acceso a la justicia "expedita y Gratuita".
Recientemente se firmó un convenio para terminar la contienda judicial, mismo que ha sido sancionado por el juez, en el que medularmente se acordó:
1.- El pago de manera individual a cada socio una "x" cantidad por
acción, por el concepto de "Indemnización"
2.- La suscripción de los títulos (accioenes) a favor del Estado.
La persona Moral, no detenta el inmueble desde hace más de cinco
años, ni recibe ingresos alguno, tan es así que suspendío actividades desde hace tiempo, y en este año 2008 reanudo actividades.
Algunos socios han cobrado dinero proporcional al número de acciones, y NO SE LES HA RETENIDO IMPUESTO ALGUNO, POR TAL PAGO DE "INDEMNIZACIÓN".
MIS DUDAS:
¿Cuál es el procedimiento para cumplir con las obligaciones fiscales, tanto de la persona moral, como de los socios, que son los que efectivamente reciben el pago, a cambio de suscribir sus acciones a favor del gobierno?
¿La persona moral debe acumular algún ingreso, por esos pagos de
acciones que se hace directamente a los socios, o que tratamiento se
daría?
¿Se trata de enajenación de acciones, aún cuando sea por pago de
Indemnización por la expropiación?
Espero haberme explicado, y como tengo algunas dudas, acudo a los expertos...
Se aplicaría sin duda el artículo 14 CFF y 24 LISR...
Gracias de antemano y espero me puedan ilustrar con sus conocimiientos.
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!El Trabajo todo lo Vence, siempre que lo realicemos, y bien!!