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24/Mar/08 11:56
INCAPACIDAD Y VACACIONES

TENGO UN TRABAJADOR QUE SUFRIO UN PERCANCE POR LO CUAL LE DIERON UNA INCAPACIDAD DE 7 DIAS, TIPIFICANDOSE COMO PROBABLE RIESGO DE TRABAJO, EN LA SEGUNDA INCAPACIDAD YA SE TIPIFICO COMO QUE NO ES RIESGO DE TRABAJO, POR OTRA PARTE POR REGLAMENTO DE LA EMPRESA SE TOMARON 4 DIAS DE VAVACIONES LOS CUALES ESTA PERSONA NO TOMO POR ESTAR EN INCAPACIDAD, Y CON TODO ESTO ME SURGEN ESTAS DUDAS

1.- SUPONGO QUE EL SEGURO SOLO LE VA A PAGAR UN PORCIENTO DE SUE SUELDO, EL RESTO ESTAMOS OBLIGADOS A PAGARSELOS.

2.- SI NO TOMO ESTAS VACACIONES POR ESTAR EN INCAPACIDAD SE LE TIENE QUE DAR OTRO PERIODO O YA LO PIERDE. QUE SUPONGO QUE NO PUEDE SER PERO ME SURGIO ESTA DUDA.
 
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maximos68
Sargento Segundo

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24/Mar/08 12:08
Re: INCAPACIDAD Y VACACIONES

Hola:

Aqui procede aplicar las reglamentaciones de la LFT, existe una suspension de la subordinacion laboral.

Este colaborador no ha disfrutado sus vacaciones, procede restituirselas en su oportunidad.


[color=red:261550e54b]Artículo 42 LFT.- [/color:261550e54b][/b:261550e54b][b:261550e54b][color=green:261550e54b]Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario,[size=18:261550e54b] [u:261550e54b]sin[/u:261550e54b] responsabilidad para el trabajador [u:261550e54b]y[/u:261550e54b] el patrón[/size:261550e54b]:[/color:261550e54b][/b:261550e54b]

I. La enfermedad contagiosa del trabajador;

[b:261550e54b][color=green:261550e54b]II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;[/color:261550e54b]

III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél;

IV. El arresto del trabajador;

V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5o de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma Constitución;

VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Juntas de Conciliación, Conciliación y Arbitraje, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional
para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes; y

VII. La falta de los documentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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24/Mar/08 12:51
Re: INCAPACIDAD Y VACACIONES

[quote:b65b6230ef="maximos68"]... EN LA SEGUNDA INCAPACIDAD YA SE TIPIFICO COMO QUE NO ES RIESGO DE TRABAJO...[/quote:b65b6230ef]

Por otro lado, si en la primera Incapacidad especificaron probable RT, debieron entregarle ST1 para ser llenado por el patrón, y es en esta donde se debe indicar si es o no RT
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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24/Mar/08 22:22
Re: INCAPACIDAD Y VACACIONES

[quote:185da128c1="maximos68"]1.- SUPONGO QUE EL SEGURO SOLO LE VA A PAGAR UN PORCIENTO DE SU SUELDO, EL RESTO ESTAMOS OBLIGADOS A PAGARSELOS.[/quote:185da128c1]
:| Buenas noches. Nop. Por ley, el patrón NO está obligado a pagar ninguna diferencia x incapacidades de enfermedad general.

[quote:185da128c1="maximos68"]2.- SI NO TOMO ESTAS VACACIONES POR ESTAR EN INCAPACIDAD SE LE TIENE QUE DAR OTRO PERIODO O YA LO PIERDE. QUE SUPONGO QUE NO ...[/quote:185da128c1]
Efectivamente, al estar incapacitado, la relacion de trabajo está suspendida y x tanto, esos dias quedan pendientes para el trabajador enfermo.

Salutes,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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