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19/Mar/08 13:46
Complementaria Informativa Anual 2007

Saludos colegas

Recurro a ustedes para el siguiente planteamiento:


En el despacho, por cuestiones de DEJADES (para ser sinceros) se presentó a las 9 pm del 15 de febrero la informativa 2007 del IVA a través del DIM de una persona moral del regimen simplificado, resultando dos pequeños problemas

1.- No se tenia el dato del RFC y nombre del representante legal, por lo que el auxiliar anoto otro RFC (el de su amigo que es contador) y solo ANOTO la PRIMERA LETRA INICIAL de los apellidos y del nombre.

2.- No tenia a la mano el archiov en excel, que contiene el papel de trabajo del IVA de 2007, por lo que solo tenia el impreso que se anexa a los papeles de trabajo hasta el mes de septiembre. De octubre a diceimbre anoto ceros en la parte del IVA acreditable, Ingresos e IVA retenido, donde corresponden.


Resultado de eso, nos percatamos hasta el día de ayer, por lo que se le indicó presentara la complementaria, donde surge la priemra duda

a) Acorde a nuestros conocimentos, en el caso que se presente una complementaria, se debe anotar nuevamente todos los datos, incluyendo aquellos que estuvieron correctos. ¿Estamos en lo correcto, o sólo debiamos anotar los meses que faltaron, y el RFC y nombre compelto del representante legal?

Hoy se presento la complementaria, anotando todos los datos y capturando todos los meses de año. Pero surgió otro problema, el auxiliar por irse rapido, anoto EL NUMERO DE FOLIO de otra informativa, la cual se le presento por sueldos e IVA que es una persona moral del regiemen general, por lo que se surge la segunda y ultima duda

¿ Como debemos presentar la informativa para correir el error del folio anotado equivocademente?

SAludos y agradeciendo toda la ayuda posible.
 
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colegacp
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19/Mar/08 13:51
Re: Complementaria Informativa Anual 2007

Deben presentar una segunda complementaria, inlcuyendo todos los meses del año (enero a diciembre), y corrigiendo los errores detectados.

Lo recomendable es que ejerzan una supervisión adecuada del personal con menos experiencia.

Saludos!!!
 
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Lukard
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19/Mar/08 14:52
Re: Complementaria Informativa Anual 2007

A mí en una ocasión me explicó un colega que una complementaria "substituye" a la declaración que le estés aplicando esa declaración. Lo que me hace dudar en tu caso qué se debe hacer por lo siguiente:

Tu 1era declaración complementaria hace referencia a un num. de folio (de una normal) que no corresponde al mismo contribuyente que lo está enviando (o supongamos un error humano donde por dedazo se ponga un número en vez de otro), yo me preguntaría ¿se considera que está substituyendo a la decláración anterior siendo que el numero es uno que no está asignado para una operación de ese contribuyente?

Y tu segunda declaración complementaria ¿debe hacer referencia al número de folio correcto de la primera de claración (la normal) o de la complementaria 1 que en realidad no referencía correctamente la normal que tiene errores y que es la que quieres que sea substituida?

Con tu planteamiento estas son las dudas que a mí me surgieron.
 
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erikaglezriv
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19/Mar/08 15:12
Re: Complementaria Informativa Anual 2007

¿Estamos en lo correcto, o sólo debiamos anotar los meses que faltaron, y el RFC y nombre compelto del representante legal? [/quote:ef48bafb9a]
[color=green:ef48bafb9a]En la complementaria no se omiten datos, se anotan todos los datos correctos y que sean pertinentes a ser declarados, asi de simple.[/color:ef48bafb9a][/b:ef48bafb9a]

[quote:ef48bafb9a]¿ Como debemos presentar la informativa para correir el error del folio anotado equivocademente? [b:ef48bafb9a][color=green:ef48bafb9a]Pues me parece que la pregunta primera debe abarcar a la segunda.[/color:ef48bafb9a][/b:ef48bafb9a]
Ver uno de los parrafos del art 31 CFF


Las personas obligadas a presentar solicitud de inscripción o avisos en los términos de las disposiciones fiscales, podrán presentar su solicitud o avisos complementarios, completando o [b:ef48bafb9a][color=green:ef48bafb9a]sustituyendo los datos de la solicitud o aviso original, siempre que los mismos se presenten dentro de los plazos previstos en las disposiciones fiscales[/color:ef48bafb9a][/b:ef48bafb9a].

En otro parrafo de este mismo articulo 31 CFF

[b:ef48bafb9a][color=green:ef48bafb9a]La modificación de las declaraciones a que se refiere este Artículo, se efectuará mediante la presentación de declaración complementaria que modifique los datos de la original[/color:ef48bafb9a][/b:ef48bafb9a].

Y ultimo parrafo del art 31 CFF

[b:ef48bafb9a][color=green:ef48bafb9a]Si en la declaración complementaria se determina que el pago efectuado fue menor al que correspondía, los recargos se computarán sobre la diferencia, en los términos del artículo 21 de este Código, a partir de la fecha en que se debió hacer el pago.[/color:ef48bafb9a]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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