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08/Mar/08 11:48
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

TENGO SALDO A FAVOR DE IVA DEL EJERCICIO 1998
¿ TODAVIA PUEDO SOLICIRA SU DEVOLUCION ?

GRACIAS
 
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barretoasesoria
Cabo

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08/Mar/08 12:08
Re: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

La obligacion de devolverte el saldo prescribe en los mismos terminos que algun credito fiscal

checate los siguientes articulos:

Art. 22 penultimo parrafo del CFF
 
**ES MI MAS HUMILDE OPINION** ------------------------------------ L.C. RUIZ **Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
 
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lcruizuscanga
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08/Mar/08 13:47
Re: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Ya prescribio el derecho en Marzo 2004 si fue por una Persona Moral o Abril 2004, si se presenta para las personas fisicas.

Son unicamente 5 años para la conservacion del derecho.

El art 146 CFF indicaria el plazo para exigir el derecho, aunque pareciese que es por parte del gobierno, es el mismo derecho para el contribuyente, si fuese para su lado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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