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07/Mar/08 22:53
PAGO PROVISIONAL IETU PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIV

El Artículo 9 de LIETU dice "los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del Impuesto Empresarial a Tasa Única del ejercicio, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, EN EL MISMO PLAZO ESTABLECIDO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACION DE LOS PAGOS PROVISIONALES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA".
Se trata de un colegio particular incorporado a la SEP, constituida como AC y bajo el régimen de Persona Moral con Fines No Lucrativos y que por lo tanto no es causante del ISR. ¿Debe presentar pagos provisionales del IETU si no tiene la obligación de presentar pagos provisionales de ISR?
¿Y la anual de IETU debe presentarla? Gracias anticipadas.
 
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ermiloturriza
Sargento Segundo

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08/Mar/08 11:30
Re: PAGO PROVISIONAL IETU PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCR

En tu caso muy posiblemente te aplique investigar, si el art 4 LIETU, te coloca como persona AL NO PAGO DE ESTE IMPUESTO. Es decir te exente, como los profesores exentan de presentar a los nerds
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Mar/08 13:56
Re: PAGO PROVISIONAL IETU PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCR

Buen día ermiloturriza:

Te sugiero que ingreses a "mi portal" de la página del SAT y consultes las "obligaciones" que tiene registradas la AC, a través de una consulta a la "guía de obligaciones" y/o la reimpresión de la Cédula de Identificación Fiscal. Claro que tienes que tienes que contar con tu CIEC "[color=darkblue:f178f90030]superrecontraarchi[/color:f178f90030]" actualizada

Saludos.
 
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cp_pavon
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10/Mar/08 9:44
Re: PAGO PROVISIONAL IETU PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCR

Me parece que el tema da para pólemica, asumiremos que ya realizó la consulta e investigación que Enrique le sugiere, y concluye que por "x" o "y" circunstancias efectivamente no esta exenta de IETU y por tanto debe realizar pagos provisionales del mismo, esto por lo dispuesto en el pésimamente redactado Artículo 9 de LIETU...

¿Qué deben hacer?, ¿Cuándo pagar el IETI si no hacen pagos provisionales de ISR?...

A mi juicio y entender NO deben realizar pagos provisionales de IETU, deben enterar en el mejor de los casos en forma anual en febrero, conforme al último párrafo del 95 de LISR... conciente estoy de que más de uno no comparte la visión de su servidor, pero sigo pensando en que la Ley es clara, tal y como usted nos comenta debe enterar su pago provisional de IETU "EN EL MISMO PLAZO ESTABLECIDO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACION DE LOS PAGOS PROVISIONALES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA".

Que al fisco se le haya olvidado que los llamados NO CONTRIBUYENTES no tienen pagos provisionales de ISR no es su culpa... este caso se ubica en para mí en el mismo orden de ideas de una persona moral que inicia operaciones en este 2008, sin obligación de realizar pagos provisionales de ISR por disposición expresa en Ley y por consecuencia sin pagos provisionales de IETU... aquí mismo, en este foro, hubo un tópico en el que expuse mis razonamientos del porque una persona moral que inicia operaciones no debe realizar pagos provisionales de IETU, que son los mismos que aplican para hacerme considerar que un NO CONTRIBUYENTE -como se les conoce coloquialmente- tampoco debe realizar pagos de IETU, si gustas dar click en el buscador... por cierto, de este tema derivo un material que prepare y subí a una página en la que colaboro...

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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10/Mar/08 13:01

Por mi parte el art 9 LIETU, no me parece mal redactado, de que se realicen pagos provisionales si se efectuaran pagos provisionales para ISR. A mi parece de manera muy adecuada e ideal.

Que se preste a dudas, ¿que ley no resulta ser tan clara como se expone y mas cuando alguien deseara no estar dentro de la obligacion de tributar?

Me parece muy buena opcion, de obligar cuando exista ISR, pues debo aplicar esa obligacion de manera similar para IETU.

Pero el hecho de que no tenga Pagos Provisionales, no indicaria que no sea contribuyente de ISR, podria ejercer actividades que me las graven y de todas formas habria que realizar una declaracion anual para ISR.

De igual manera pudiese ser que se aplique para IETU, pero si se es un contribuyente exento, se salva de pagos provisionales, pero de la anual a mi parecer no.

La LIETU buscaria tributarse por estos proximos 3 años (2008-2010) de manera paralela al ISR. Por eso ese tipo de redaccion.

Habria situaciones donde LIETU, no grava o exenta, pues para pagos provisionales, cuida ese paralelismo y hasta en la anual se conservaria.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Mar/08 13:12

Veamos... ¿hay contribuyentes que no realicen pagos provisionales de ISR, por estar relevados en Ley, y que por tanto se les releve en forma expresa para IETU?, respuesta SI...

Sugiero la lectura de la RM 17.10 del 31/12/07, a mi ver no es una relevación de la obligación, si no un reconocimiento a lo que en la realidad se iba a presentar... un contribuyente que por contemplarse en LISR (143, tercer párrafo) no tiene que presentar pagos provisionales de ISR y que en consecuencia no tiene cuando presentar los de IETU...

Así las cosas, reitero, un NO CONTRIBUYENTE tampoco debe presentar pagos provisionales de IETU... toda vez que no presenta pagos provisionales de ISR... de la anual, eso ni duda, nunca ha estado a discusión... insisto, a mi ver mal redactado el 9 de LIETU, dado que no contempla supuestos como los indicados.

Saludos.
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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10/Mar/08 23:20
Re: PAGO PROVISIONAL IETU PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCR

Para esos casos, el contribuyente optaria por presentar las claves de obligaciones que desearia tener para cumplir con sus obligaciones fiscales.


Si para ISR no presentaria declaraciones de pagos provisionales, la LIETU le concede la misma facilicidad, si el contribuyente no desea tener esas mismas facilidadades, estaria en su derecho de cambiar esa facilidad por la de ejercer e indicar sus obligaciones que desearia tener y asi ejercer los pagos provisionales por IETU, pues asi esperaria cumplir.

Por eso pensaria que no habria error en la redaccion, pues la intension de la LIETU, seria que se tribute de manera dualizada ambos impuestos o incluso para cuando no se encuentre tributando.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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