03/Mar/08 13:42
Re: calculo de percepciones
se da el caso en la universidad que la forma de pago d elos trabajadores jubilados, lo integran 3 conceptos, [color=green:591334a3f4]sueldo[/color:591334a3f4][/b:591334a3f4], [b:591334a3f4][color=red:591334a3f4]prima de antiguedad [/color:591334a3f4][/b:591334a3f4]y [b:591334a3f4][color=blue:591334a3f4]gratificacion anual[/color:591334a3f4][/b:591334a3f4],
en el cálculo de isr en la prima de antiguedad, no le aplican exencion alguna, y pr tal el isr del jubilado es altisimo
Que solicite la constancia de percepciones adecuada, pues no le aplican la fundamentacion que Mem le mostró.
Ahora con la señalizacion de los pagos de manera mas clara, se observaria que no todo es le aplica el [b:591334a3f4][color=red:591334a3f4]art 109 LISR F-III[/color:591334a3f4][/b:591334a3f4]
[b:591334a3f4][color=green:591334a3f4]Gravaria al 100% sin disminuciones.[/color:591334a3f4][/b:591334a3f4]
[b:591334a3f4][color=blue:591334a3f4]Gravaria el exceso por lo marcado en el art 109 F-XI LISR[/color:591334a3f4]
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?