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28/Feb/08 19:40
que le corresponde al trabajador

buena noche colegas cuando un trabajador fallece que le corresponde por ley la muerte es por enfermedad general muchas gracias por sus comentarios
 
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iberot
Sargento Primero

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28/Feb/08 20:54
Re: que le corresponde al trabajador

:| Buenas noches. Sus proporcionales (vac, prima vac y aguinaldo) y la prima de antiguedad.

Salu2,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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29/Feb/08 14:10
Re: que le corresponde al trabajador

Ni el patron, ni el trabajador, incumplieron el contrato laboral.

Por lo tanto, solo quedaria la obligacion de pagarse las remuneraciones pendientes, las prestaciones proporcionales de ley (que se gano dia a dia laborado) y su prima de antiguedad (tambien ganada dia a dia laborado)
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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03/Mar/08 17:44
Re: que le corresponde al trabajador

que hay del art. 502 de lft no aplica
 
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iberot
Sargento Primero

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03/Mar/08 18:00
Re: que le corresponde al trabajador

NO APLICA PUES EN ESTOS CASO ES PARA RIESGO DE TRABAJO Y TU INDICASTE QUE FUE POR ENFERMEDAD GENERAL

EL ARTICULO QUE MENCIONAS ESTA EN EL TITULO NOVENO QUE REGULA EL RIESGO DE TRABAJO.

SALUDOS.
 
**ES MI MAS HUMILDE OPINION** ------------------------------------ L.C. RUIZ **Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
 
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lcruizuscanga
Coronel

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03/Mar/08 19:19
Re: que le corresponde al trabajador

Le concedo 100% la razon a lcruizuscanga[/b:795d0c62f7]... de ser como se indicó inicialmente.

buena noche colegas cuando un trabajador fallece que le corresponde por [b:795d0c62f7][color=indigo:795d0c62f7]ley la muerte es por [size=18:795d0c62f7]enfermedad general[/size:795d0c62f7][/color:795d0c62f7][/b:795d0c62f7] muchas gracias por sus comentarios

[b:795d0c62f7][color=red:795d0c62f7]TITULO NOVENO
Riesgos de Trabajo[/color:795d0c62f7][/b:795d0c62f7]
....

[b:795d0c62f7][color=red:795d0c62f7]Artículo 502 LFT.- [/color:795d0c62f7][/b:795d0c62f7]En caso de muerte del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente al importe de setecientos treinta días de salario, sin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal.

[b:795d0c62f7][color=green:795d0c62f7]Es decir, este articulo aplica cuando existiese alguna muerte por riesgo de trabajo, al parecer no fue asi. O ¿si?[/color:795d0c62f7]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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03/Mar/08 23:13
Re: que le corresponde al trabajador

si asi es colegas gracias por sus aportaciones
 
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iberot
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04/Mar/08 15:25
Re: que le corresponde al trabajador

Lo mas recomendable en este caso es realizar un procedimiento paraprocesal para pargarles a los beneficiarios del trabajador y asi evitarte en un futuro una duplicidad en el pago.

Como te digo es lo recomendable.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
Mayor

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04/Mar/08 19:05
Re: que le corresponde al trabajador

lo que jjfarias intento decir, que cuando vayan a reclamar algun beneficiario la liquidacion final del trabajador, enviarlos a la junta para que ahi procedan las reclamaciones de todas las personas que le corresponda finiquitarse.

La junta enviaria una orden para que se liquide bajo los porcentajes que le corresponderia en derecho a cada quien.

El patron realizaria el pago conforme este mandato.

Si algun beneficiario reclama su partida y no fue realizado bajo este modo, procederia que luego proceda liquidarse su parte que no le fue entregada, debiendo duplicar el pago por todas las partes reclamantes que procedan sus demandas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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