21/Feb/08 16:32
Re: Afil 15, ¿en qué casos?
Estimado Cisneros.
Espero te sirva esta información:
[color=black:d3e7248537]Inscripciones Patronales, Requisitos[/color:d3e7248537]
Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro (AFIL-01).
Hoja de inscripción de las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo (CLEM-01).
Avisos de inscripción del trabajador (AFIL-02) (cuando menos uno).
Formato AFIL-15 (para patrones de la construcción).
Acta constitutiva.
Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (R-1).
Identificación del patrón o representante legal.
Relación de trabajadores eventuales de la Industria de la Construcción (en su caso).
Para Personas Físicas
En caso de que el negocio se encuentre legalmente establecido, cualquier documento oficial que contenga el nombre y domicilio de quien debe registrarse como patrón.
Industria de la Construcción
Cuando el patrón persona física se dedique a la construcción, el formulario de registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (R-1).
Cuando el patrón persona física no se dedique a la construcción, o sea, que construya algún inmueble por eventualidad, el registro se efectuará con cualquier documento que compruebe la identificad del patrón, con objeto de definir su domicilio para efectos de notificar los adeudos (recibo de luz, teléfono, etc.) y la forma AFIL-15 "Aviso de notificación del domicilio de la obra". En este caso no se requiere aviso ante la SHCP.
SALUDOS.
LCP. MAE. Jorge Alberto Cárdenas Hdz.
Jalisco.