20/Feb/08 13:53
Re: Calculo de Nómina
Hola lorito:
Existen jornadas de trabajo en LFT, como siguen:
a) diurna = 8 horas diarias
b) nocturna = 7 horas diarias y
c) mixta = 7.5 horas diarias (art 61 LFT)
Los septimos dias o de descanso se determinarian en relacion a la jornada de trabajo que le corresponda a la relacion de trabajo.
Por cada 6 dias de trabajo, dependiendo de su jornada, se aplicaria un dia adicional de descanso, preferentemente que sea el domingo, pudiense cambiar para otro dia, de mutuo acuerdo por las partes. Arts 69, 70 y 71 LFT
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¿Se indica que se pagaria $ 720 por 6 dias trabajados? en cuyo caso, habria un pago por un dia mas por $ 120 que seria el representativo a su dia de descanso.
¿O son $ 720 incluyendo el dia de descanso? por cuota diaria $ 102.86
Es importante señalar los dias laborados y segregarlos del dia de descanso y asi mostrarse en el recibo de nomina, para cumplir de manera adecuada a lo establecido en el contrato.
No es lo mismo terminar pagando:
$720 = 7 dias laborados, que habria que determinarse ahora 7/6 partes de dias de descanso.
$140 = 7/6 dias de descanso
$860 = total de percepciones
en lugar de :
$ 720 = 6 dias laborados
$ 120 = 1 dia de descanso
$ 840 = total de percepciones. Pero con un dia menos trabajado.
ó:
$ 720 = 7 dias trabajados
$ 720 = total de percepciones (se pagan en realidad 6 dias trabajados pero no se muestra el pago del 7mo dia) Podria ocasionarle un problema si el trabajador reclama pues en sus recibos no se muestra ese dia descanso pagado
Si se precisan las situaciones, no habria omisiones, que luego podrian ser reclamadas, con el entendido de que ya no se debe algo, resultando que si, por no plasmarse el pago de manera adecuada.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?