18/Feb/08 19:30
Re: CUENTAS DE ORDEN
Hola JUANAPEREZ:
Esos valores del IVA no se aplicarian en cuentas de orden, se aplicaria cuentas transitorias por las cuales podrias generar el saldo a pagar o a favor segun sea el caso por IVA.
Por el lado del IVA acreditado (de gastos y compras) se generarian de 2 a 3 cuentas siguientes:
a) [color=green:804c559f98]IVA acreditado por pagar[/color:804c559f98] (rubro de Deudores diversos, si le agrada incluirse en deudores, puede incluirse en acreedores diversos si se gusta) se registraria de todas las provisiones, es decir por comprobaciones no pagadas todavia.
b) [color=green:804c559f98]IVA acreditado efectivamente pagado[/color:804c559f98] (rubro de Impuestos por recuperar) Una vez registrado el pago, inmediatamente se cancela la partida generada en el inciso a) con cargo a esta cuenta mencionada, con el valor que proporcionalmente se pagaria con respecto a la provision.
c) [color=green:804c559f98]IVA a favor[/color:804c559f98] (rubro de Impuestos por recuperar) La cuenta del inciso b) se cancelaria al final del mes contra la de IVA causado, ambas cuentas se cancelaria y la diferencia se registraria en esta cuenta, siempre y cuando el IVA acreditado efectivamente pagado sea superior a la cuenta de IVA causado.
Por el otro lado se tendria el IVA que el contribuyente traslada, tambien habria 2 cuentas mas de balance:
a) [color=green:804c559f98]IVA trasladado o facturado[/color:804c559f98] (rubro en Acreedores diversos) Este iva se registraria de todas las facturas emitidas y que en este asiento todavia no se considerarian cobradas, mas adelante al cobrarse se registraria, la causacion del IVA. Tambien serian provisiones todas estos registros.
b) [color=green:804c559f98]IVA por pagar [/color:804c559f98](rubro de Impuestos por pagar) aquis se registra en los depositos, el registro del iva causado o cuando se aplique que la cuenta procederia ser cubierta, lo cual provoca que se traspase de la primer cuenta a esta, los montos de iva cobrados.
Ejemplo:
-1-
c/o Clientes $ 11,500
c/r Ventas $ $ 10,000
c/o IVA trasladado $ 1,500
Provision de la facturacion del mes (Feb 2008)
- 1a -
c/o Costo de ventas $ 8,000
C/r Inventarios $ 8,000
Registro del costo de lo vendido de mercancias mes (Feb 2008)
-2-
c/o Bancos $ 5,000
c/r Clientes $ 5,000
c/o IVA trasladado $ 750
c/r IVA por pagar $ 750
Cobranza del 50% de la facturacion (Feb 2008) y del registro del IVA causado debido a que se cobro IVA que fue traslado previamente.
-3-
Gastos de operacion
c/o Arrendamiento $ 1,000
c/o IVA acreditable por pagar $ 150
c/r Acreedores diversos $ 1,150
Provision del gasto por las rentas por pagar de personas fisicas (Feb 2008)
-4-
c/o Acreedores $ 1150
c/r Bancos $ 950
c/r Impuestos por pagar retenciones de ISR $ 100
c/r Impuestos por pagar retenciones de IVA $ 100
c/o IVA acreditable efectivamente pagado $ 50
c/r IVA acreditable por pagar $ 50
Registro del pago de la renta a nuestro arrendador (feb 2008)
-5-
c/o Impuestos por pagar retenciones de ISR $ 100
c/o Impuestos por pagar retenciones de IVA $ 100
c/r Bancos $ 200
c/o IVA acreditable efectivamente pagado $ 100
c/r IVA acreditable por pagar $ 100
Registro del pago de impuestos federales mes de Ene 2008
-6-
c/o IVA por pagar $ 150
c/o IVA acreditable efectivamente pagado $ 150
Cancelacion del IVA acreditable pagado en el mes por compras y gastos por el mes de Febrero 2008, lo cual genera un iva a pagarse por el mes de Febrero 2008, por $ 1,350, realicen las cuentas "T" para observar el manejo de como se vá pagando el IVA y el registro por estas operaciones
Las cuentas IVA acreditado por pagar y IVA trasladado, no deben netearse a nivel de subcuenta, pero SOLO para efectos de presentacion de estados financieros, si procederian que se netearan.
Dos si el CAS DE EJERCICIOS ANTERIORES LO PUEDO APLICAR AL I.S.R. QUE ME SALE A PAGAR.
El art 115 LISR permite su acreditamiento contra cualquier ISR, pero primero recomendaria que se lleve contra el ISR de los salarios, luego a cualquier otro ISR. He observado que en empresas mediana a chicas por lo general no pagan bien el ISR por salarios, lo netean y en realidad ya estaria neteando el CAS con el ISR por pagar de salarios, solo que no presenta la forma (declaracion de manera adecuada). Observa esa situacion asi no se acreditaria de mas y se cumpliria con las leyes fiscales de la manera adecuada.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?