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16/Feb/08 12:01
Ingresos y deducciones 2007

Buen día, quisa sea una tonta, pero bueno hay que salir de dudas.

Una persona con actividad de régimen intermedio, que acumula sus ingresos hasta que los cobra para ISR. En enero cobró unicamente facturas del 2007, significa que para ISR los ingresos son los que cobré y para IETU los ingresos son 0....estoy en lo correcto?


Gracias de antemano por la atencion.
 
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aliciapg
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16/Feb/08 12:44
Re: Ingresos y deducciones 2007

lo que se considere ingresos para 2008 en ISR, serian ingresos para el IETU

Es lo que vendria aclarar el articulo 8 transitorio de la LIVA

Es decir dices que esas facturas cobradas en ene 2008, son para ISR ok
Muy bien, tambien serian ingresos para IETU en enero 2008
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Feb/08 15:07
Re: Ingresos y deducciones 2007

Sucedería lo mismo con los gastos? Es decir considerar los gastos con fecha de factura de 2007 que se pagó en el 2008

Gracias
 
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aliciapg
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17/Feb/08 6:05
Re: Ingresos y deducciones 2007

no entiendes bien....

Las personas fisicas gravan en base al flujo para ISR y para IETU, se gravan al mismo tiempo

En el caso de ingresos y egresos, se incluirian en la base cuando se cobren o paguen. En los egresos su documentacion debe contener ademas la fecha del ejercicio en que se deduceria, a excepcion si fuesen partidas del inventarios inicial, que se deducerian en el costo de ventas

Solo este tipo de deducciones se aplicaria con comprobacion del ejercicio anterior
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Feb/08 11:34
Re: Ingresos y deducciones 2007

Buen día aliciapg:

Verifica los artículos octavo y noveno transitorios de la Ley del IETU.

Saludos.
 
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cp_pavon
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18/Feb/08 22:00

No hay preguntas tontas. todos aprendemos y ademas, todos tenemos dudas.

El que no pregunta..... Mejor ya no sigo.

En concreto:
Tanto para ISR como para IETU, aplica la misma base. (en base a flujo de efectivo).
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vabdo
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19/Feb/08 10:29
Re: Ingresos y deducciones 2007

Que pasa con las personas morales, a mi me dan hasta 90 dias para pagar y tambien me pagan hasta en 90 dias, como yo si tengo que acumular lo facturado cada mes, no tendria ingresos para IETU hasta marzo que empezaria a cobrar las facturas de enero.

Gracias
 
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LERUIZV
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19/Feb/08 11:54

[quote:08940ffea0="LERUIZV"]Que pasa con las personas morales, a mi me dan hasta 90 dias para pagar y tambien me pagan hasta en 90 dias, como yo si tengo que acumular lo facturado cada mes, no tendria ingresos para IETU hasta marzo que empezaria a cobrar las facturas de enero.

Gracias[/quote:08940ffea0]Asi es, Se acumula hasta que es cobrado
 
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vabdo
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19/Feb/08 12:57
Re: Ingresos y deducciones 2007

aliciapg

Buen día:

Te transcribo lo siguiente que salío publicado en la página del SAT

Actualización: 08/enero/2008, información vigente.


[color=blue:6fe9d56c38]Erogaciones (gastos o pagos) no deducibles para calcular el IETU[/color:6fe9d56c38]

No se podrán deducir para calcular el pago del impuesto empresarial a tasa única (IETU), los siguientes conceptos:

Las erogaciones por salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, tales como las de previsión social.

No obstante lo anterior los contribuyentes del IETU que realicen pagos por sueldos y salarios podrán acreditar directamente contra el IETU, un porcentaje de los pagos realizados por concepto de sueldos y salarios, así como por las aportaciones de seguridad social.

Las contribuciones a cargo del contribuyente pagadas en México, por concepto de impuesto empresarial a tasa única, impuesto sobre la renta, y el impuesto a los depósitos en efectivo, así como de las aportaciones de seguridad social y de aquéllas que conforme a las disposiciones legales deban trasladarse.


Las erogaciones por las inversiones que se hayan adquirido desde el 1 de enero de 1998 y hasta el 31 de diciembre de 2007 y que sean pagadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2007.

No obstante lo anterior, los contribuyentes del IETU que realicen pagos por las inversiones antes mencionadas podrán acreditar directamente contra el IETU, un porcentaje de dichos pagos.


[color=blue:6fe9d56c38]Las erogaciones que se realicen para llevar a cabo las actividades gravadas para el IETU, que se hayan devengado con anterioridad al 1 de enero de 2008, aun cuando el pago se efectúe con posterioridad a dicha fecha.[/color:6fe9d56c38]

Las contribuciones causadas hasta el 31 de diciembre de 2007, aun cuando el pago de las mismas se realicen con posterioridad al 1 de enero de 2008.
 
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cp_pavon
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19/Feb/08 13:45
Re: Ingresos y deducciones 2007

Entonces debemos entender que para efectos del IETU todos aquellos ingresos y gastos con fecha de facturacion de 2007, no podran ser ni gravados ni deducidos en IETU, aun cuando se paguen ahora en 2008.... independientemente de si son personas fisicas??? las cuales como ya se menciono es en base a flujo de efectivo
 
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sanchezwong
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