13/Feb/08 10:39
Re: Luz, Telefonos e IMSS para el IETU
Hola:
La filosofia del IETU, vendria a aceptar deducciones que practicamente sean a la par que el ISR.
Es decir, si el gasto y comprobacion corresponde a deducirse para ISR en 2008, procederia para IETU, si el pago corresponde tambien por el 2008
Por ejemplo el IMSS de Dic 2007, como se deduce en 2007, para IETU no procederia deducirse por tratarse de un gastos para 2007, aun y cuando el pago se efectue en 2008. En el IETU se pretenderia empezar de cero, a partir del 1 de Enero de 2008.
En ocasiones los servicios podrian ser considerados deducibles por el proximo ejercicio, asi lo marca el reglamento, pues se aplicarian a la fecha del pago, en cuyo caso los comprobantes aunque mantenga fechas de consumo del ejercicio anterior, pudiesen ser considerados en lugar de 2007, para el 2008. En estos caso el IETU, se aceptaria su deduccion tambien en 2008, pues ya se cumpliria el requisito de que fueron deducibles o serian deducibles en el futuro para ISR, y por ende para IETU tambien.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?