11/Feb/08 17:44
Busca un topico similar al tuyo, la respuesta ya fue aportada mediante fundamentaciones legales de la III RFM por medio de CHAVALON
Basicamente la regla comenta que se aplique la presentacion del mes de Julio por todo el primer semestre, despues de esta fecha seria aplicable conforme a la disposicion del art 86-A LISR que mencionas.
De cualquier manera, relee la dispoincion del art 86-A y el topico que te comento, que conllevaria a la regla, para que tengas una idea real de como se operaria.
Muchos no han de saber como buscar
Pero hay que darle a la opcion de "BUSCAR dentro del FOROS DE FISCALIA", de cualquier manera te indico la liga, para que luego verifiques el camino, en las proximas ocasiones.
https://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=search
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?