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08/Feb/08 13:56
Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Considero injusto en el caso de personas físicas que no puedan acreditar el crédito fiscal de aportaciones al Imss, Infonavit y Rcv del 6o bim/07 ya que ellos no lo han podido deducir este gasto ya que se manejan como cobrado o pagado (flujo de efvo) y no existiría ninguna duplicación de gastos como es el caso de personas morales.
¿Que opinan sobre este tema?
 
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jibe
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08/Feb/08 14:04
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Y TAMBIEN APLICA PARA PERSONAS MORALES, NO SOLO PARA P.F.

.....
 
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lcruizuscanga
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08/Feb/08 14:26
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Lo que trato de decir es que en personas morales esta correcto aplicar en febrero el pago de las aportaciones de enero ya que se provisionaron las aportaciones como gastos en diciembre pero no en personas físicas las cuales si deberían aplicar el pago de diciembre/07 como crédito fiscal en enero ya que no lo han deducido en el ISR/07.
 
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jibe
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08/Feb/08 15:05
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Hola

La razon estaria muy bien fundamentada en la LIETU, de que no seria deducible, por el cambio de transicion y viendolo desde este punto de vista, pareciera ser muy logica su justicia y para nada injusto.

El punto seria, que como ese gasto no corresponderia a los ingresos que se generarian en el 2008, Razon por la cual que no se aplicarian como deduccion.

Para efectos de ISR, esa erogacion corresponderia aplicarse en ejercicio 2007 y precisamente a los ingresos 2007.

Si se pone un corte, que de aqui en adelante se comience en adelante con IETU. Los gastos de 2007 que han de deducirse en el ISR, no podrian deducirse para IETU 2008. Por tratarse de ingresos y gastos de diferentes períodos, pues cuando se incia una cuenta nueva, ahora un ciclo nuevo de tributacion, pues se comienza sin lastres o perdidas, se empezaria desde cero.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Feb/08 16:17
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Disculpa enrique9727 ¿hablas de personas físicas? porque me parece que tus fundamentos son para personas morales y no para personas físicas ya que los gastos son deducibles hasta el mes que se paga independiente de la fecha de la factura o pago de aportaciones en que se haga.
Para efectos de ISR una persona física deduce el pago del IMSS, INFONAVIT y RCV del 6o bimestre en enero del año siguiente y por lo tanto debería aplicarse el crédito fiscal aunque sea de otro año.
Me pregunto,¿ en enero 2009 no se podría tomar el crédito para IETU porque
es de 2008? ¿es justo?
 
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jibe
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08/Feb/08 16:22
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Los fundamentos serian para los que hagan deducibles sus provisiones de 2007, deducibles en 2007, personas fisicas o morales.

Si no se tiene ese parametro.... menos hay injusticia. Todas las operaciones son flujo de efectivo, no habria injusticia alguna.
 
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enrique9727
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08/Feb/08 16:37
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Aqui el punto es que estamos hablando de persona fisica, ya que para isr e iva el momento de causacion es conforme al flujo de efectivo, pero por otro lado tenemos que lietu marca que las erogaciones que se hayan efectuado hasta el 31 de diciembre de 2007, aunque se paguen en 2008 no seran deducibles, pues dichas erogaciones fueron "devengadas" en el mes de diciembre de 2007, por lo tanto si tomamos en cuenta que uno de los requisitos para ser deducibles en ietu, es que, dicha erogacion ayuda a la obtencion de un ingreso, la carga social de diciembre de 2007, no generaria ningun ingreso para ietu en enero 2008, por lo tanto no seria deducible.


Espero haberme dado a entender....

Saludos...
 
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lcruizuscanga
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08/Feb/08 17:31
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

Jesus Ruiz, de acuerdo a lo que dices la carga social de diciembre 2008 no será deducible en enero 2009.
Asimismo estoy de acuerdo contigo ya que creo que no va a ser deducible para recaudar mas impuestos pero a la vez es ilógico como otras disposiciones que realizó el genio Carstens para darle más dinero a los pobres sindicatos de Pemex, Imss, ISSTE, CFE porque todas, todititas, estan bien quebradotas y eso que son monopolios.
En cambio Carlos Slim con Telmex como empresa ancla se convierte en el más rico del mundo.
¿No será mejor que el dinero lo tengan las empresas que el gobierno?
Disculpen mi molestia por todos esos ratones.
 
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jibe
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08/Feb/08 17:34

HOLA TODOS
EN EL CASO DE P.F. EXISTE EN LA LEY DEL IETU, DISPOSICION PARA EL CASO DE NO HABERSE DEDUCIDO COMO ES EL CASO DE INVENTARIOS AL 31 DE DIC. 2007 YA QUE SERIAN DEDUCIBLES EN LA FECHA DE PAGO, YO CREO QUE LAS CUOTAS DE SS CORREN LA MISMA SUERTE YA QUE SE ESTAN PAGANDO HASTA EL EJERCICIO 2008 Y SON DEDUCIBLES PARA ISR EN ESE EJERCICIO AL IGUAL QUE EL IETU, ESPERO SEA DE UTILIDAD MI COMENTARIO
SALUDOS
 
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verinitis
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08/Feb/08 17:40
Re: Crédito fiscal por aportaciones al Imss del 6o bim

...lo que dices la carga social de diciembre 2008 no será deducible en enero 2009.....[/quote:4151e93137]

Esto no aplicaria, seria solo por el comienzo de la vigencia del IETU. De un tiempo en donde no habia IETU y otro que SI se tendria.... Solo por el periodo de transicion 2007 a 2008... Despues del 2008 ya no hay transicion.
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[quote:4151e93137]¿No será mejor que el dinero lo tengan las empresas que el gobierno?

Que yo sepa la mayor parte del dinero lo tiene las empresas, no el gobierno...

Que lo fabrique para ponerlo en circulacion, eso es una falacia. Solo lo fabricaria para reemplazar el que ya circula.

Las empresas tienen todo el poderio economico de un pais, y mas como el nuestro. Pues no hay ahorros internos en el pais.
 
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enrique9727
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