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07/Feb/08 8:30
Pago provisional ene 08

Amigos,

para estos pagos provisionales de enero 08, ¿ ya debemos presentar primero en el SAT el detalle del calculo del pp, y luego pagar en el portal del banco ?

Gracias.
 
Jorge B.
 
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07/Feb/08 8:45
Re: Pago provisional ene 08

Primero tienes que presentar el pago en el portal del banco o por ventanilla bancaria y luego presentas la informacion adicional para IETU, de acuerdo a la regla miscelanea:

[i:6bf098827a]2.14.7. Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo y artículo 31, primer párrafo del CFF, los contribuyentes efectuarán los pagos provisionales del IETU, incluso mediante declaraciones complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, conforme al esquema anterior de pagos electrónicos utilizando el procedimiento establecido en la regla 2.16.4., debiendo reflejar el pago en el concepto “IMPUESTO AL ACTIVO/ IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA”. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 9, segundo párrafo de la Ley del IETU, lo reflejarán en el concepto “IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. IMPUESTO DE LOS INTEGRANTES DE PERSONAS MORALES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO”.
Una vez efectuado el pago provisional del IETU conforme al párrafo anterior, los contribuyentes enviarán la información a que se refiere el listado de conceptos que se contiene en la página de Internet del SAT y que sirvió de base para determinar el impuesto. El envío de la información se realizará mediante archivo electrónico a través de la página de Internet del SAT, señalándose además el número de operación proporcionado por la institución bancaria en donde se efectuó el pago y la fecha de presentación.
En los casos en los que los contribuyentes no hayan determinado impuesto a cargo, se considerará cumplida su obligación cuando hayan enviado la información del listado de conceptos que se contiene en la página de Internet del SAT.
Asimismo, se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar los pagos provisionales del IETU, cuando hubiesen realizado el pago del IETU a cargo y enviado la información del listado de conceptos.
La información de la determinación del IETU a que se refiere esta regla, se presentará conforme a la siguiente tabla:

Información correspondiente al mes de: Se presentará a más tardar el:
Enero de 2008 10 de marzo de 2008
Febrero de 2008 10 de abril de 2008
Marzo de 2008 10 de mayo de 2008
Abril de 2008 10 de junio de 2008
Mayo de 2008 10 de julio de 2008[/i:6bf098827a]
 
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08/Feb/08 9:45
Re: Pago provisional ene 08

el compañero comenta para el IETU, ¿ para los demas impuestos se sigue pagando de la misma forma que en 2007 ?

gracias.
 
Jorge B.
 
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08/Feb/08 9:57
Re: Pago provisional ene 08

[quote:04f633a81e="JABP"]el compañero comenta para el IETU,[color=red:04f633a81e] ¿ para los demas impuestos se sigue pagando de la misma forma que en 2007 ?[/color:04f633a81e]
gracias.[/quote:04f633a81e]

SI, ES DE LA MISMA FORMA

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08/Feb/08 13:07
Re: Pago provisional ene 08

[quote:29c195b1ed="JABP"]Amigos,

para estos pagos provisionales de enero 08, ¿ ya debemos presentar primero en el SAT el detalle del calculo del pp, y luego pagar en el portal del banco ? [color=red:29c195b1ed]SIGUE SIENDO IGUAL...A MENOS QUE TE REFIERAS A LA SOLUCION INTEGRAL DEL SAT....QUE YA MUCHOS NI NOS ACORDAMOS DE DICHA SOLUCION QUE NO SOLUCIONO NADA POR EL MOMENTO[/color:29c195b1ed]


Gracias.[/quote:29c195b1ed]
 
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