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06/Feb/08 19:28
DIOT PERSONAS FISICAS

HOLA COMPAÑEROS


ALGUIEN ME PODRIA INFORMAR A PARTIR DE QUE FECHA SE DEBE PRESENTAR LA DIOT PARA PERSONAS FISICAS Y SI HAY CONTRIBUYENTES EXENTOS DE SU PRESENTACION. 8O

GRACIAS COMPAÑEROS QUE PASEN UN EXELENTE DIA
 
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gace70
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06/Feb/08 19:51
Re: DIOT PERSONAS FISICAS

checate el siguiente link:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/declaracion_informativa/69_9663.html


[color=blue:6eede5d094]Actualización: 15/enero/2008, información vigente.


Cuándo se debe presentar y mediante qué formato

La información se presentará mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”.

Las personas morales la presentaran mensualmente a más tardar el último día del mes siguiente al que corresponda la información.

Las personas físicas la presentarán en la fecha que se indican:

Por el periodo de enero a junio de 2008, las personas físicas tendrán por cumplida esta obligación, siempre que estén obligadas a presentar la declaración de clientes y proveedores y a cumplir con lo dispuesto en el artículo 133, fracción VIII de la Ley del ISR, siempre que cumplan con estas obligaciones.




Información correspondiente al mes de: Se presentará en el mes de:
Julio de 2008 Agosto de 2008
Agosto de 2008 Septiembre de 2008
Septiembre de 2008 Octubre de 2008
Octubre de 2008 Noviembre de 2008
Noviembre de 2008 Diciembre de 2008
Diciembre de 2008 Enero de 2009

[/color:6eede5d094]
 
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lcruizuscanga
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06/Feb/08 19:52
Re: DIOT PERSONAS FISICAS

[quote:12ca46e910="gace70"]HOLA COMPAÑEROS


ALGUIEN ME PODRIA INFORMAR [color=red:12ca46e910]A PARTIR DE QUE FECHA SE DEBE PRESENTAR LA DIOT PARA PERSONAS FISICAS [/b:12ca46e910][/color:12ca46e910]Y [b:12ca46e910]SI HAY CONTRIBUYENTES EXENTOS DE SU PRESENTACION. 8O

GRACIAS COMPAÑEROS QUE PASEN UN EXELENTE DIA[/quote:12ca46e910]

PARA P.F. INICIA A PARTIR DE JULIO 2008.

Fundamento Legal: Artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA y Regla 5.1.14 de la Tercera Modificación a la RMF para 2007 publicadas en el DOF el 31 de diciembre del 2007.

LA ÚNICA PERSONAS EXENTAS, SON AQUÉLLAS QUE NO TENGAN ACTIVA CUALQUIER OBLIGACIÓN DE IVA.

Fundamento Legal: Artículo 32 primer párrafo y fracciones V y VIII de la LIVA, y la regla 5.1.12 de la Tercera Modificación a la RMF para 2007 publicadas en el DOF el 31 de diciembre del 2007.

SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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