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01/Feb/08 17:02
Fundamento fiscal - ventas

Buenas tardes al foro!

Recurro a ustedes para lo siguiente:

La empresa en donde laboro, desea presentar un juicio civil o mercantil, con la finalidad de cobrar un credito por alrededor de $125,000 por el año de 2005, dado qu el cliente se niega a pagar.

La abogada de la empresa recurre a mi, para fundamentar en base a ley, un artículo o artículos donde se exprese que la autoridad da por hecho que al momento de expedir la factura, se ha generado una venta.

La finalidad de la abogada es como estrategia, en el sentido, como dicen los abogados, amarrar al cliente para obligarlo a liquidar su deuda y no tengan forma defenderse, basandose en la ley fiscal como medio supletorio.


La factura se elaboro, pero nunca se recogio y mjucho menos se pago.

Algunos de ustedes, conoce el artículo en el que se fundamente dicho planteamiento? Acudimos al 18 de ISR donde se establece el momento en que se origina el ingreso, pero desea tener algo mas solido, es decir, mas concreto, que permita hacerle ver al cliente, que con la simple factura, se ha generado una venta, y por ende, un derecho de cobro por dicha venta.

SAludos
 
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colegacp
Soldado

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01/Feb/08 17:10

¿qué vendieron?., ¿servicios?, ¿mercancias?, ¿se prestaron los servicios, se entregaron las mercancias?, el cliente les envio orden de compra o algo parecido... solicitud de cotización, algún contra recibo por la factura entregada... algún documento donde firmen de recibido de la mercancia...

Digo, la existencia sola de la factura no basta, ya que en ese caso yo le facturo a los pinos y digo que les vendí... Si su venta es real -cosa que no dudo- imagino debe haber huellas o constancias del servicio prestado o la mercancia vendida...


Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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01/Feb/08 17:10
Re: Fundamento fiscal - ventas

Si eres persona moral (pero no seas SC o Regimen simplificado), esta bien lo señalado en el art.18.

Manifiestas que la factura nunca se entrego.....pero el cliente te firmo algo de recibida la mercancia....o te entrego por lo menos un contrarecibo(que mercantilmente no es un titulo de credito) pero al menos es algo....

Creo que el vincular la ley fiscal para que el cliente te pague no es el camino mas correcto...pues para estos casos existe la ley mercantil...
 
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lcruizuscanga
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01/Feb/08 18:28
Re: Fundamento fiscal - ventas

Hola colegacp:

Dile a la abogada, que no mezcle los impuestos con las leyes mercantiles, o no se quien esté mal.

Las leyes fiscales son las ultimas en el grado de aplicacion. Primero se aplican las leyes mercantiles o demas leyes. Y de estas ultimas se auxiliarian las leyes fiscales, para proceder aplicarse los impuestos. Pero NO, al reves.

Es como querer ponerse los calcetines arriba de los zapatos ya calzados.

Yo podria hacerte una factura a ti. Por cierto pasame tu nombre completito y direccion RFC, y ya con un papel que indicaria, que ME DEBES UN SERVICIO O LA ENAJENACION, de lo que se ponga en la factura.

Y aunque por mi parte, yo declare y pague los impuestos y haga mil cosas, JURIDICAMENTE, SOLO TENGO N A D A

Como debo soportar ese credito otorgado... hay una satisfaccion por escrito de la entrega de la mercancia, con sello firmado por alguna persona competente del quien le vendi o le preste los servicios, para que por medio de un juicio, ahora a la malagueña, se le cobre.

Habria algun pago parcial que provenga de su parte.

Habria la autorizacion del servicio firmado por personal competente del lado de la empresa que se vio beneficiada con lo mencionado en la factura.

El abogado es lo que te pide... no los articulos de la ley... si fuese asi... pasale las declaraciones y la LISR, LIVA, CFF y hasta las informativas, con la factura y que se ponga a trabajar para recuperar el saldo.

Debe existir un reconocimiento de deuda, contrato, cotizacion firmada por personal competente, pago de sus cuentas bancarias, algo.

Pero eso debe ser parte del control interno que debe aplicar el departamento de ventas y creditos y cobranza. No solo se trata de vender por vender. Muchas ventas y nada de ingresos efectivos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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